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Procesaron por extorsión a penado por trata de personas

“LIBERTAD”. El acusado engañó a la víctima con la promesa de dejar de explotarla.
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Se determinó que el acusado -condenado a cuatro años de prisión en agosto de 2018- obligó a la madre de la víctima a firmar, mediante violencia intimidatoria, documentos comerciales que luego utilizó para perjudicarla económicamente

El Juzgado Federal Nº 11 procesó a Gabriel Athanassopoulos, condenado por trata, por la presunta comisión del delito de extorsión, en concurso real con estafa procesal en grado de tentativa.

En diciembre de 2019, Alejandra Mángano, a cargo de la Fiscalía Federal Número 12 y cotitular de la Procuraduría de Explotación y Trata de Personas (Protex), reclamó que se resolviera la situación judicial del encausado, actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

En 2018, Athanassopoulos fue condenado por el Tribunal Oral Federal Nº 3 a cuatro años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, en la modalidad de captación. La sanción fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal.

El caso se inició tras una denuncia de la madre de la víctima ante la Protex, a cargo de Mángano y de Marcelo Colombo.

En el debate, celebrado entre junio y agosto de 2018, se acreditó que desde comienzos del 2013 hasta mediados de 2014 el hombre captó a la damnificada, de 25 años, para explotarla sexualmente en el local “Stavros”, ubicado en el barrio porteño de Recoleta, que administró ininterrumpidamente durante un década (2006-2016).

Poco antes de que comenzara el juicio, la madre de la joven sumó otra denuncia ante la Protex. Expuso que el imputado simuló la celebración de una operación comercial con su hija, vinculada con la transferencia del fondo de comercio de Stavros, y que se lo habría subalquilado.

La mujer detalló que esa maniobra dio lugar a la firma en blanco, por parte de su hija, de 36 pagarés en favor de Athanassopoulos.

La investigación del hecho fue delegada en la Fiscalía Federal Nº 12, que estableció que la suscripción de los títulos de crédito, en rigor, se concretó por las maniobras extorsivas que desplegó el acusado en contra de la víctima.

Así, determinó que para lograr su cometido, Athanassopoulos le habría manifestado a la denunciante que dejaría de explotar sexualmente a su hija y que a cambio de esa “libertad” le exigió una “garantía”, para impedir que lo denunciara por la captación, lo que culminó en el embargo, por ser fiadora, de inmuebles de su propiedad, donde reside junto a sus tres hijas y tres nietos.

Con base en las pruebas, el Juzgado Federal Nº 11 procesó al acusado por extorsión. El fallo hace expresa referencia al sometimiento emocional y psíquico que ejerció el acusado sobre las mujeres, lo cual las llevó a celebrar la ficticia compra del fondo de comercio y a suscribir los pagarés que, finalmente, pretendió ejecutar.


“No había una relación jurídica real que justificara la tenencia de los pagarés a favor de Athanassopoulos; pero, aun así y sabiendo eso, se presentaron ante los juzgados comerciales competentes para su ejecución”, reza el decisorio.

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