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Confirman que sociedad que administraba un colegio debe pagar daños y perjuicios a padres

ESCENARIO. La escuela en controversia no pudo revalidar los requisitos para que se le siguiera autorizando a funcionar como institución educativa privada.
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El fallo ratificó la responsabilidad de la SRL que conducía la institución, a la cual se le revocaron los permisos educativos por la precariedad del servicio ofrecido

Si bien confirmó la responsabilidad de November Group SRL por el cierre abrupto de la institución educativa que gerenciaba, validando la aplicación de una sanción punitiva por el manejo del servicio brindado, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación de los demandantes, quienes querían extender esa culpa a las directoras del colegio, así como el daño moral pretendido, al entender que debían haber planteado el tema como padres de los alumnos y no por derecho propio.

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