jueves 25, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
jueves 25, abril 2024

Anulan exclusión de docente para participar en concurso

ESCUCHAR

La Justicia Contencioso-Administrativa de la ciudad de Córdoba resolvió anular el rechazo de la solicitud presentada por un docente para continuar participando en un concurso convocado por la Dirección de Educación Media, Especial y Superior del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba (Demes).
En el fallo, el tribunal advirtió que en las reglas del certamen no se explicitó la exclusión como sanción para el caso de que el actor no se notificara en tiempo y forma del puntaje que le fue asignado, así como de la votación de los jurados que representan a los aspirantes.

La decisión fue adoptada por la Cámara Contencioso-Administrativa de 1ª Nominación, integrada por Juan Carlos Cafferata -autor del voto-, Pilar Suárez Ábalos de López y Ángel Antonio Gutiez, en el marco de la controversia protagonizada por el docente Roberto Rogelio Beas, quien solicitó la anulación de las resoluciones de la Administración que dispusieron excluirlo del concurso tramitado para cubrir el cargo de vicedirector de nivel medio.

Instancias

Ante ello, la Cámara señaló que “la cuestión litigiosa se inició con la nota que dirigiera el actor al director General de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, mediante la cual manifestara no haber podido notificarse (…) del puntaje asignado en el concurso para cubrir el cargo (…) en razón de que su hija de seis años estuvo internada en el Hospital de Niños desde el 3 al 11 de octubre de 2005”, acotando que para acreditar tal contingencia el docente acompañó el certificado médico pertinente. En esa línea, se destacó que la autoridad requerida se pronunció en sentido negativo a la solicitud, manifestando que correspondía “informar al docente (…) que no resulta posible hacer lugar a su pedido, atento que es requisito para seguir participando del concurso haber satisfecho todas las instancias”.

Derechos y obligaciones

En tanto, se acotó que la Administración precisó también que “las instancias de notificación del puntaje y votación de los jurados que representan a los aspirantes son obligatorias”.
Sobre el tema, el tribunal precisó que “en un procedimiento concursal deben estar claramente establecidas en las bases del concurso los derechos y obligaciones de los concursantes, los actos y términos del procedimiento y -en especial y en cuanto nos interesa- las conductas de los concursantes merecedoras de sanción y el tipo y cuantía de penalidad aplicable”.

Sin causa

En ese sentido, la Cámara puntualizó que -revisada la normativa- no advertía que ésta (en especial el artículo 6 de la resolución 2993/05) “haya establecido explícitamente la grave sanción que la autoridad administrativa impuso al actor; esto es, su exclusión del procedimiento concursal”.
“En consecuencia, no se avizora razón alguna para excluir del procedimiento al concursante que no se haya notificado, estando claramente establecida por la normativa de aplicación la consecuencia jurídica de tal omisión”, aseveró la Cámara.
Asimismo, en el fallo se agregó que “las bases tampoco establecen, ni implícita ni explícitamente, que el hecho de no haber participado en la

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?