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«El Congreso como conjunto no existe»

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En el marco de la jornada organizada por el Colegio de Abogados de la ciudad de Córdoba, en la que se analizaron los alcances y las perspectivas de la acción de amparo en nuestro país, Comercio y Justicia dialogó con Orlando Gallo, ex juez federal de la ciudad de Mercedes, provincia de Buenos Aires.
Además de hacer una reseña sobre la historia y los alcances de este recurso judicial, el abogado, egresado de la Universidad Nacional de Buenos Aires, se refirió al conflicto suscitado por el incremento de las retenciones y la pertinencia de la presentación de un amparo para resolver la cuestión.

– El amparo adquirió una gran envergadura, pero su origen se remonta a 50 años atrás. ¿Esto es así?
– El primer amparo tuvo lugar el 10 de setiembre de 1957, a menos de un año de la Revolución Libertadora, en un momento en el que estaba prohibido usar la palabra peronista o justicialista. En ese momento, un hombre llamado Angel Siri presentó este recurso para solicitar la reapertura de un diario que era peronista. Esto ocurre en Mercedes, provincia de Buenos Aires, y por primera vez la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronuncia sobre este tema, en lo que fue sin dudas el fallo nacional más importante del siglo XX.

– ¿Cuál ha sido la evolución en estos últimos años de las acciones de amparo?
– Han crecido exponencialmente. No hay que olvidar lo que ocurrió con el “corralito”. En esos años aumentaron fuertemente estos recursos, lo que aparece como una especie de vulgarización del amparo. A pesar de ese aumento, hoy siguen en discusión sus alcances, tal es así que actualmente no tenemos más que esa vieja reglamentación que tuvo como intencionalidad restringir el amparo para que no tuviera demasiado crecimiento. Esta figura todavía sigue en la nebulosa en lo que se refiere alcances y a la legitimación procesal.

– En el conflicto de las retenciones se continúa discutiendo si es factible que un productor reclame por esta vía. ¿Qué opina al respecto?
– El asunto es espinoso. En este tema hay varias aristas a considerar. En ese conflicto, el afectado es toda la cadena productiva. Muchos jueces no han admitido el amparo a un productor tras considerar que éste no paga las retenciones; sin embargo, todos sabemos que es el afectado directo. La soja, el maíz, el trigo tienen un precio de mercado interno que no es el mismo que el externo y esto tiene que ver no solamente con los costos de traslado, seguro y flete, sino precisamente con la retención que el productor le paga al exportador. Acá el exportador no es el afectado por la retención, sino el productor. De cualquier manera, hay que decir otras cosas que hasta acá no se han señalado: las normas del Mercosur prohíben las retenciones en el comercio interno, toda la comercialización que se hace intermercosur está prohibida. Nosotros creemos que la mayor parte de la soja va a China -lo cual es cierto- pero otra parte importante se comercializa vía Brasil. En el caso del trigo esto es clarísimo: Brasil es nuestro mayor comprador de trigo. ¿Qué se hace ante esta situación? Nadie habla de esta norma.

– Pero el conflicto se desata con el aumento de las retenciones ¿El amparo es la vía para resolver este tema?
– Podría ser una de las vías. Yo estoy en una postura amplia del amparo, no hay que e

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