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Estafa preaprobada

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El Banco Central de la República Argentina exige ahora a los bancos que verifiquen fehacientemente la identidad de los tomadores de préstamos preaprobados. ¿Cómo se acreditará lo fehaciente de la verificación?
Mediante la Comunicación “A” 7370 del 24/09/2021 se agregaron a los requisitos mínimos de gestión, implementación y control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras, y especialmente se aclaró la Comunicación “A” 7319 del 01/07/2021 que ya regulaba la situación de los préstamos preaprobados y fuente de constantes estafas.
En ambas Comunicaciones se establece que la verificación de la identidad del cliente que solicita el préstamo se realice mediante técnicas de identificación positiva, y se constate previamente a través del resultado del proceso de monitoreo y control, como mínimo, que los puntos de contacto indicados por el usuario de servicios financieros no hayan sido modificados recientemente.
Estas exigencias distribuyen las cargas, porque la identificación positiva, es responsabilidad del cliente demostrar activamente que es él quien realmente solicita el préstamo, más allá que la tecnología la tenga que facilitar la entidad; y el control que los datos personales no hayan sido recientemente cambiados, es responsabilidad exclusiva de la entidad, que no requiere actividad alguna del cliente, y de alguna manera, bloquea el acceso al préstamo si hubiera genuinamente cambiado sus claves de acceso en los últimos días.
Sorteadas estas exigencias de manera positiva, el BCRA dispone que la entidad comunique, a través de todos los medios de contacto, que el crédito se encuentra aprobado y que, de no mediar objeciones, se acreditará en su cuenta en 48 horas hábiles. Es una muy buena medida demorar la transferencia del préstamo, no solo para los usuarios sino también para las entidades bancarias, ya que de ser un fraude, el último no habrá desembolsado el dinero y el primero no tendrá que padecer su posterior reclamo. Cualquier operación comercial puede esperar 48 hs hábiles, y si no se pudiera, entonces el interesado tiene diversos caminos para acreditar que fue quien solicitó el préstamo.
La flamante Comunicación A 7370 libera a la entidad de implementar estos resguardos si implementó soluciones biométricas con prueba de vida, que tienen la habilidad de detectar si la persona que se encuentra en frente de una cámara es real y está viva; que es quién dice ser; que está actuando de manera libre; o si se está intentando suplantar la identidad de la persona con una máscara; o si está mostrando una foto o vídeo de la persona en cuestión.
Estas medidas son esenciales si no se quiere suspender la oferta de préstamos pre aprobados.

  • Abogado, especialista en Derecho Informático.

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