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¿El declive del derecho penal liberal?

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Germán Alberto Aller, abogado y académico uruguayo

Hay preocupación entre algunos juristas sobre el futuro del derecho penal liberal. Hay quienes sostienen que esta forma de entender el derecho está cediendo terreno, perseguido por racionalizaciones asentadas sobre una pretendida necesidad de “eficacia preventiva” ante supuestas nuevas amenazas que exigen mayor represión.

Quienes defienden el derecho antiliberal postulan que es menester ceder garantías para aumentar la seguridad, dando por sentado una relación inversa entre garantías y seguridad.

Raúl Zaffaroni, en su libro “El Derecho Penal Liberal y sus enemigos”, aseguraba que este nuevo avance del derecho penal antiliberal no se presenta como derecho penal autoritario ni se enmarca en los pensamientos políticos totalitarios como los de entreguerras, sino que invoca la eficacia preventiva, como una cuestión casi pragmática.

La discusión está abierta. De visita en nuestra ciudad, el abogado y académico uruguayo Germán Alberto Aller dialogó sobre este tema con Comercio y Justicia.

– ¿Cree que el derecho penal liberal va camino a desaparecer?
– Yo no yo voy a ser tan extremista. Lo que sí creo es que hay una marcada tendencia a abatir, a intentar disminuir lo que antes existía con más fuerza y que era un sistema de garantías que estaba basado en el individuo. Un derecho que procuraron en definitiva los libertadores, los grandes republicanos. De cualquier manera, creo que caer en una mirada romanticista de que todo tiene que seguir igual no sería aplicable a la realidad actual, ello sin perjuicio de seguir defendiendo un concepto de derecho de rasgo constitucional.

– ¿Cuáles son los aspectos en los que se nota con más fuerza este declive?
– Por ejemplo, en la inversión de la carga probatoria partiendo del supuesto de que se presume primero la culpabilidad y no la inocencia de las personas. Es importante aclarar que esto no ocurre en todos los casos, pero hay veces en que sí. Me refiero, por ejemplo, a temas como el narcotráfico, el lavado de dinero, el terrorismo. Alcanza con ver el acta patriótica de Estados Unidos. También hay que decir que si bien ni Argentina, ni Uruguay, ni Brasil, ni Paraguay tienen hoy algo parecido a eso, uno se puede preguntar ¿no vamos camino a ello? Pese a que no tenemos terrorismo, legislamos para un problema que no tenemos y que, si alguna vez tuvimos, es del pasado; entonces no entiendo por qué debemos tener mecanismos de legislación pensando en algo que no es cabalmente una problemática sociopolítica de nuestras naciones.

– Quienes defienden estas herramientas advierten que son eficaces para dilucidar casos que son de difícil resolución ¿Qué opina sobre eso?
– Yo no desconozco que mientras más herramientas de ese tipo se les da a los investigadores más información van a tener, lo que no quiere decir que sea cierta, es sólo más información. De cualquier manera, aun cuando sea cierta esa información que obtenemos, uno se pregunta ¿si abrimos la puerta qué va a seguir después? No nos sorprendamos si en algún momento se llega, por ejemplo, a vulnerar la voluntad de las personas para obtener la información.

Ceo que el derecho tiene falencias, sería inocente de mi parte decir que no tenemos problemas operativos, pero creo que nuestra apuesta tiene que ser la de buscar soluciones sin olvidar los procesos oscuros que han sufrido nuestros países.

– ¿Pero las nuevas formas de criminalidad no deben ir acompañadas de un aggiornamiento de la persecución penal?
-La criminalidad del Poder, en general, plantea una dificultad particular que tiene que ver con que esas personas que puedan haber cometido algún delito tienen un buen nivel cultural, están bien asesorados, tienen tiempo de protegerse y evadirse con mayor eficacia del sistema de persecución penal. Por supuesto, uno querría que esos grandes criminales, como los grandes homicidas, como los grandes estafadores sean encarcelados y enjuiciados. Uno querría que el sistema penal sea más efectivo pero no hay que perder de vista que hay un umbral que no podemos pasar, y ese umbral es la protección de los individuos. A la hora de detener a una persona nosotros no sabemos si tenemos al culpable entonces ¿por qué someterlo a todas esas hipótesis extremas de vulneración de su absoluta intimidad? Ahora, si esa persona fuera culpable, ¿es suficiente argumento o excusa para poder eliminar las garantías individuales? Sin descartar la hipótesis de que estén comprometidos intereses de inocentes y aun siendo culpable la persona acusada, nunca podemos perder de vista que tiene un lógico derecho a defenderse. Este derecho está asignado por la Constitución y no es sólo para quien cumpla las leyes, sino también para quien no cumpla con los mandatos constitucionales.

– ¿Cree que Latinoamérica está más cerca del derecho antiliberal?
– No creo que estemos cerca pero es el camino que muchos países han tenido.

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