jueves 2, mayo 2024
El tiempo - Tutiempo.net
jueves 2, mayo 2024

Licencias de Conducir Virtual: suspenden provisoriamente su implementación

ESCUCHAR

Será por el plazo de 60 días los cuales pueden ser prorrogados por igual término. La medida fue dispuesta por la Municipalidad de Córdoba hasta tanto se logren materializar las tareas necesarias para su correcta ejecución

Subsecretaría de Conectividad Urbana, Tránsito y Educación VialMunicipalidad de Córdoba

Resolución N° 0015  

CÓRDOBA, 26 de Agosto de 2022.

VISTO: – La Ordenanza N° 13.255 a través de la cual se modificó la Ordenanza  N° 9.981 – “Código de Tránsito de la Ciudad de Córdoba”.

Y CONSIDERANDO:

QUE mediante Resolución N° 70 de fecha 08 de Agosto de 2022 emanada de la entonces Subsecretaría de Conectividad Urbana y Seguridad Vial se determinó la reglamentación de conformidad con las disposiciones del Artículo 3° de la Ordenanza N° 9.981, modificada por la Ordenanza N° 13.255.

QUE de conformidad al Artículo 2° del citado dispositivo reglamentario, se dispuso su entrada en vigencia a partir del décimo día posterior a su publicación, por lo que a partir del próximo 29 de Agosto de 2022 comenzaría a tener efectos legales.

QUE las tareas necesarias para la efectiva implementación del trámite virtual para la obtención de la Licencia de Conducir en el ámbito de los centro de emisión bajo jurisdicción municipal requieren la suspensión de su entrada en vigor, hasta tanto se logren materializar las tareas necesarias para su correcta ejecución.

QUE como consecuencia de ello, resulta imprescindible dejar sin efecto el Artículo 2° de la Resolución N° 70 de fecha 08 de Agosto de 2022 emanada de la entonces Subsecretaría de Conectividad Urbana y Seguridad Vial por un plazo prudencial que permita efectivizar los procedimientos necesarios para su correcto funcionamiento.

 ATENTO A ELLO, a los términos del Artículo 3° de la Ordenanza N° 9.981 y en uso de sus atribuciones;

EL SUBSECRETARIO DE CONECTIVIDAD URBANA, TRÁNSITO Y EDUCACIÓN VIAL

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- DÉJASE SIN EFECTO el Artículo 2° de la Resolución N° 70 de fecha 08 de Agosto de 2022 emanada de la entonces Subsecretaría de Conectividad Urbana y Seguridad Vial y SUSPÉNDASE por el término de sesenta (60) días, prorrogables por otros sesenta (60) días salvo manifestación en contrario, la entrada en vigencia del citado dispositivo legal.

ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría General, Secretaría de Participación Ciudadana y Direcciones de Centros de Participación Comunal, Secretaría de Planeamiento, Modernización y Relaciones Internacionales, Secretaría de Salud, Secretaría de Atención y Prevención en Salud Comunitaria, Secretarías y Organismos de Directa Dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal; cumplido, ARCHÍVESE.

RESOLUCION Nº 0015 Fdo. CESAR JOSÉ DOTTORI – Subsecretario de Conectividad Urbana, Tránsito y Educación Vial.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3968 del 28 de agosto de 2022.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?