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Poder Judicial de la Provincia: implementan un sistema de legalización mixto

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Rige a partir del 1 de mayo, con facultad de legalizar documentos con firma digital y con firma ológrafa. Aprueban las guías de trámites aprobadas a tales fines

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Acuerdo Reglamentario N° 1843 – Serie: “A” 

En la ciudad de Córdoba, 25/04/2024, con la Presidencia de su titular Dr. Luis Eugenio ANGULO, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO María Marta CÁCERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON: 

VISTO: Las disposiciones de la Ley N° 8127, que establece la legalización de los documentos originales, constancias certificantes, testimonios y copias de cualquier especie expedidos por los miembros o funcionarios de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, Organismos de la Constitución, Municipalidades, Organismos Autárquicos y descentralizados a que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley 14.983, ratificado por la Ley Nacional N° 14467, que no sean documentos notariales, por el/la funcionario/a que se encuentre a cargo de la función de servicios judiciales en cada una de las circunscripciones judiciales de la provincia, dependientes del Superior Tribunal de Justicia. 

Y CONSIDERANDO: 

1. Que el artículo 14 de la Ley N° 10.177, faculta a este Tribunal Superior de Justicia, a reglamentar el uso del expediente electrónico y la firma electrónica y/o digital, así como disponer su gradual implementación. 

2. Que el Acuerdo Reglamentario N° 1582 Serie A del 21/08/2019 aprobó el “Plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales”. 

3. Que la legalización puede efectuarse tanto sobre documentos emitidos por el Poder Judicial como por organismos de otros poderes provinciales y municipales. Por ello resulta necesario incorporar la facultad de legalizar documentos digitales, en coexistencia con la legalización de documentos en formato papel con firma ológrafa. 

4. Que el Acuerdo Reglamentario N° 1556 serie A del 14/03/2019 resolvió transferir la totalidad de la actividad vinculada a Legalizaciones y Sello de Agua, del Área de Servicios Judiciales a la Secretaría Legal y Técnica del Poder Judicial 

5. Que el Acuerdo Reglamentario N° 1831 serie A del 29/11/2023 estableció las/os funcionarias/os o personal superior habilitados a legalizar. Por todo lo expuesto, normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley 8127, artículo 166 inciso 1 y 2 de la Constitución de la Provincia y artículo 12 incisos 1, 2, 32 y 33 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia; 

RESUELVE: 

1. IMPLEMENTAR, a partir del 01/05/2024 un “SISTEMA DE LEGALIZACIÓN MIXTO” con facultad de legalizar documentos con firma digital y con firma ológrafa, para todos los casos a los que se refieren los artículos 1° de la Ley Provincial N° 8127 y 2° del Decreto-Ley Nacional N° 14.983/57 ratificado por Ley Nacional N° 14.467, a cargo de los/as agentes y funcionarios/as habilitados/as. 

2. ESTABLECER el “REGISTRO DE FIRMA DIGITAL” que será requisito previo para legalizar documentos emitidos por funcionarios ajenos al Poder Judicial. Dicho registro deberá realizarlo el/la funcionario/a interesado/a, enviando al correo [email protected] el formulario modelo que como anexo 1 del presente se aprueba, suscripto con firma digital, junto al instrumento de nombramiento en su cargo. Cada formulario corresponde a un/a solo/a firmante. El/La funcionario/a deberá informar cualquier modificación o cambio que sufra la información suministrada. Los organismos deberán informar las modificaciones y ceses de función que surjan con relación a sus funcionarios/as. 

3. APROBAR la “GUÍA DE TRÁMITES PARA LA LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS CON FIRMA DIGITAL” que como anexo 2 del presente se adjunta. 

4. APROBAR la “GUÍA DE TRÁMITES PARA LA LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS CON FIRMA OLÓGRAFA Y SELLO DE TINTA”, que como anexo 3 del presente se adjunta. 

5 NOTIFIQUESE a la Oficina de Legalizaciones dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Publíquese en el Boletín Oficial. Dese amplia difusión por los canales oficiales. 

Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Sr. Presidente y los Sres. Vocales, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis SOSA LANZA CASTELLI.  

FDO.: DR. LUIS EUGENIO ANGULO, PRESIDENTE. DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI, DR. DOMINGO JUAN SESIN, DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, DRA. MARÍA MARTA CACERES DE BOLLATI Y DR. SEBASTIÁN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCALES. DR. LUIS MARIA, SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR GENERAL.

Corresponde al Acuerdo Reglamentario Nº 1843 serie A del 25/04/2024

ANEXO 1

REGISTRO DE FIRMA DIGITAL

Fecha de registro: _______________________

DATOS DEL FIRMANTE (COMPLETAR EN SU TOTALIDAD)

APELLIDO/S: ……………………………………………………………………….

NOMBRE/S: ..……………………………………………………………………….

TIPO Y N° DE DOCUMENTO: …………………………………..………………

CARGO: …………………………………………………………………………

TELEFONO: ……………………………………………………………………..

E-MAIL: ….……………………………………………………………………..

USUARIO/CUIL/CUIT……………………………………………………………

FECHA DE INICIO: …………………… FECHA DE CESE: ……………………

ORGANISMO: …..………………………………………………………………..

DEPENDENCIA:………………………………………………………………….

Firma Digital

Enviar al correo [email protected] suscripto con firma digital, junto al instrumento de nombramiento en su cargo. 

Cada formulario corresponde a un solo firmante. 

El/La funcionario/a deberá informar cualquier modificación o cambio que sufra la información suministrada. 

Los organismos deberán informar las modificaciones y ceses de función que surjan con relación a sus funcionarios/as.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 87 del 30 de abril de 2024

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