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Quedó firme la nueva fecha de elecciones en Río Cuarto

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba rechazó por inadmisibles dos presentaciones en las que se había objetado la constitucionalidad de la ordenanza N° 1304/20 que reprogramó la fecha de elecciones en la ciudad de Río Cuarto, a raíz del aislamiento social decretado a causa de la pandemia de covid-19.

Por unanimidad y sin entrar al fondo de lo solicitado, en ambos casos, el Alto Cuerpo, en pleno, consideró que los demandantes no habían demostrado “cómo la ordenanza objetada amenazaría sus intereses o derechos políticos y constitucionales concretos; por ejemplo, a participar o a ser elegidos, dado que la norma en cuestión reprograma la fecha de los comicios ante la imposibilidad fáctica de que sean celebrados a causa de la pandemia”. 

Los magistrados insistieron en que, al no haber probado cuál era la amenaza concreta y específica para sus derechos que significaba la norma en cuestión, el control que se pedía al TSJ era abstracto, basado en alegaciones meramente conjeturales. Esto, en la medida en que los peticionantes habían fundado sus demandas en “eventuales perjuicios genéricos” o en la presunta gravedad institucional que se podría generar en Río Cuarto, cuando días atrás ante otro planteo el Alto Cuerpo ya había ratificado que en esa ciudad no se constata una situación de “desencuentro institucional” ni una hipótesis de “desborde institucional paralizante del gobierno local”, precisamente por “la normal dinámica de sus instituciones democráticas”. 

En las presentaciones, los demandantes habían deslizado que, si la finalización de los actuales mandatos se ajustaba estrictamente a la Carta Orgánica, podía producirse una situación de acefalía total que debía ser remediada por la Legislatura provincial mediante la intervención del municipio. Al respecto, los magistrados señalaron que, además de tratarse de una atribución exclusiva de la Legislatura, la hipotética salida “solo pondría fin formalmente al mandato de las actuales autoridades con el consiguiente impacto en la autonomía municipal, sin brindar una salida práctica diferente, porque tampoco podría dejar en pie las fechas que la ordenanza (cuestionada) establece para la celebración de la elección”.

De esta manera quedó confirmada la fecha de los comicios que el Concejo Deliberante de esa ciudad reprogramó para el 27 de septiembre o para el 29 de noviembre y, como consecuencia, prorrogaría los mandatos de las actuales autoridades (intendente, ediles y miembros del Tribunal de Cuentas), que vencían el 2 de julio próximo.

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