martes 3, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Multa y antecedentes a la Justicia penal a quien pretendía cobrar un pagaré con firma apócrifa

DOCUMENTO. El peritaje demostró que la firma en el pagaré no era del demandado.
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El peritaje caligráfico determinó que la rúbrica no pertenecía a la persona demandada. Frente a la posible comisión de un delito, actuarán los tribunales del Crimen

Después de considerar que no hubo justificación para no realizar el peritaje caligráfico y ordenar su ejercicio, del cual surgió que la firma inserta en el pagaré no pertenecía al demandado, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba admitió la excepción de falsedad opuesta e impuso al demandado una multa en los términos del artículo 83 del Código Procesal Civil (CPC), y remitió los antecedentes del caso a la Justicia penal.

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