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Es inconstitucional aplicar el tope establecido por el artículo 730 del Código Civil y Comercial

PUNTO DE VISTA. La Fiscalía General dictaminó en una causa en la que se discutía el pago de honorarios.
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Se consideró que, de utilizarse la normativa vigente, el vencedor del juicio terminará pagando 75% de las costas, lo que representa casi la totalidad de lo que ganó como resultado del litigio. Esto afectaría el derecho a la propiedad y acarrearía un tratamiento desigualitario de las partes del juicio, entendió la Fiscalía General

La Fiscalía General de la Provincia de Córdoba recomendó declarar la inconstitucionalidad del artículo 730 del Código Civil y Comercial (CCC) en una causa en la que discutía el pago de honorarios profesionales. 

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