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De Vido quedó procesado también por caso Skanska

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En la “accidentada” pesquisa se investiga el presunto pago de sobornos por esa firma y su justificación mediante facturas apócrifas. La finalidad de la supuesta maniobra habría sido
beneficiarse en las adjudicaciones de las obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur

El juez Sebastián Casanello procesó al ex ministro de Planificación Federal, Julio de Vido, y al ex secretario de Obras Públicas, José López -ambos detenidos con prisión preventiva, por otros casos- en el marco de la causa “Skanska”, por la presunta comisión de los delitos de administración fraudulenta y cohecho. Además, les trabó embargos por 50 millones de pesos a cada uno.
La medida también alcanzó al ex gerente de Fideicomisos del Banco Nación, Néstor Ulloa, y a ex directivos de esa empresa de origen sueco.
En la pesquisa se investiga el supuesto pago de sobornos por esa firma, que habría justificado las erogaciones mediante facturas apócrifas que le compró a la empresa Infinity Group SA. Según la causa, la finalidad era beneficiarse en las adjudicaciones de las obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur.
En su fallo, Casanello planteó que el procedimiento de contratación (de licitación pública a concurso privado), que debió ser supervisado por la cartera a cargo de De Vido, fue un «punto significativo» y que propició los sobreprecios. Según el magistrado, las irregularidades descubiertas constituyeron la «contracara de los sobornos que ingresaban al patrimonio de los funcionarios».

Corte Suprema
En agosto, al rechazar un recurso del ex gerente Comercial de la multinacional, Javier Azcárate, la Corte Suprema le otorgó validez probatoria a una grabación telefónica sobre el presunto pago de coimas. Cabe recordar que se trata de una conversación registrada por un síndico de la empresa, en la cual Azcárate admite que se abonaron sobornos a cambio de adjudicaciones de obras.
Las actuaciones llegaron al Máximo Tribunal por el recurso presentado por los defensores de Azcárate en contra de la validez de la escucha realizada por el auditor Claudio Corizzo, el otro protagonista de la charla.
El Alto Cuerpo consideró que el planteo no cumplió con el requisito de fundamentación autónoma ni refutó los argumentos del decisorio cuestionado, dictado a mediados del año pasado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que a instancias de la propia Corte dispuso reabrir la causa.

Proceso
La conversación entre Corizzo y Azcárate data de 2006, luego de que la sede de la empresa en Buenos Aires fue allanada por disposición del entonces juez Guillermo Montenegro, quien citó a indagatoria al ex titular del Enargas, Fulvio Madaro, y a Ulloa. El ex magistrado Norberto Oyarbide intervino después y procesó a Corizzo y Azcárate junto al entonces secretario de Energía, Daniel Cameron.
Todos fueron sobreseídos, ya que en 2011, la Sala I de la Cámara Federal -integrada por Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah- anuló la prueba, alegando que no podía usarse porque se trató de una grabación clandestina en la que Azcárate se autoincriminaba. También descartó sobreprecios y coimas.
La alzada argumentó que hubo una “decisión política” de hacer las obras frente a la crisis energética y la necesidad de suministro de gas en el invierno de 2005, y consideró justificados los presupuestos que pasaron las contratistas (Skanska, TBU, Techint y Odebrecht), pese a que superaban los proyectados por las gerenciadoras. “Aun con el desfase entre la inicial proyección de costos y el precio final, la irrazonabilidad predicada por Oyarbide es tan sólo producto de una argumentación circular y autoconfirmatoria”, plasmó.
Así, concluyó que el juez “construyó” la teoría de las coimas en un “plano especulativo”.
Si bien la escucha fue declarada nula, en diciembre de 2015 la Corte, a pedido de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), a cargo por ese entonces de Manuel Garrido, dispuso que se revisara la decisión. Luego, Casación la declaró válida y en febrero de este año confirmó la reapertura definitiva de la pesquisa.

Grabación “parajudicial”
La defensa del ex gerente Comercial de Skanska dijo que el diálogo telefónico fue fruto de un “engaño” y la calificó como una grabación “parajudicial”.
No obstante, la Casación aclaró que “las grabaciones, al igual que cualquier otra prueba producida por particulares, no pueden considerarse genéricamente ilegítimas o inadmisibles”.
En la misma dirección, precisó que la declaración no fue realizada de forma subrepticia y que, por ello, el contenido de las expresiones no se obtuvo de manera fraudulenta.

Reapertura definitiva de la causa

– El 17 de febrero pasado, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -integrada por los vocales Mariano Borinsky, Ángela Ledesma y Liliana Cartucci- ratificó la reapertura de la investigación de la causa “Skanksa”.
– Al rechazar, por inadmisible, un planteo recursivo presentado por el ex titular del Enargas -durante la presidencia de Néstor Kirchner-, Fluvio Madaro, el máximo tribunal en lo criminal confirmó la validez probatoria de una grabación en la cual se aludió al pago de sobornos por esa constructora sueca.

La prueba discutida

El ex síndico de Skanska registró a uno de los gerentes asegurar vía telefónica: “Es un negocio de cien millones de dólares, de parte nuestra, más lo de ellos, 200 millones. ¿Y vos le vas a tirar el negocio abajo al tipo que hizo todo el tromping (sic) y al muchacho, al ‘pingüino’ de acá a dos cuadras?”.

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