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Consideran accidente de trabajo el que padeció un empleado transportado

CONSECUENCIAS. Si bien el demandante no conducía el camión siniestrado, se probó que era transportado en condición de empleado.
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El actor sostuvo que su presencia en el camión conducido por un compañero estuvo motivada por su condición de trabajador, pues su empleador, en ejercicio de su potestad de dirección, instruyó a quien conducía para que pase a buscar al accionante por Córdoba, a fin de llevarlo al punto desde donde comenzaría con su labor

Al sostener que la presencia del accionante en el camión que protagonizó un accidente del cual le quedaron graves secuelas se debió a su calidad de empleado del titular del transporte, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) hizo lugar al recurso de casación planteado por el trabajador y condenó a la demandada Asociart ART al pago de las indemnizaciones ordenadas por al Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).

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