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¿Incompatibilidad laboral?

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Por Luis Carranza Torres (*) y Sergio Castelli (**)

Hace unos días, una asistente de maestra en el estado de Massachusetts (EEUU) fue  suspendida temporalmente en su trabajo, luego de que las autoridades del distrito escolar en el que trabaja descubrieran la existencia en las redes sociales de fotos suyas en ropa interior o poses provocativas.
Al parecer, el inicio de la cuestión tiene visos de vendetta. Aunque por años Kaitlin Pearson, de 23 años, trabajó como modelo gráfica, nadie en su escuela de educación especial ni en el distrito escolar a la que pertenece había sabido de dicha actividad hasta que una mano anónima envió un sobre conteniendo fotos de Kaitlin con poca ropa y poses seductoras al superintendente de la escuela.

Como la burocracia tiene una regla de oro: cubrirse uno, antes que nada, y por sobre todo. De inmediato se tomó la medida “cautelar” que casi siempre aparece en estos casos: “suspensión preventiva”. Por supuesto que cuando el tema se hizo público y empezaron los debates, las autoridades se encargaron de expresar que no era una suspensión sino una licencia temporal.
¿Para qué se la “licenciaba”? A los efectos de averiguar si ese otro empleo suyo de posar de tal forma era compatible con su trabajo docente.

Lástima que en Estados Unidos no rija la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20744. Que tendrá sus grandes fallas y ha quedado defasada en no pocas cuestiones de las nuevas formas laborales, pero que en cuanto a este tipo de mojigaterías es clara y precisa.
En su art. 17 establece la prohibición de llevar a cabo, de parte del empleador, cualquier tipo de discriminación entre los trabajadores por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religiosos, políticos, gremiales o de edad. Asimismo, en su art. 62 establece que las partes, en este caso la empleadora “obligadas, activa y pasivamente, no sólo a lo que resulta expresamente de los términos del contrato, sino a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del mismo, resulten de esta ley, de los estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo, apreciados con criterio de colaboración y solidaridad”. Por no hablar que un artículo después, en el 63, se plasma el principio de buena fe, al que deben ajustar su conducta respecto de la relación laboral.

Y por si todo esto fuera poco, en el art. 73, modificado por ley 26911, textualmente se expresa: “El empleador no podrá, ya sea al tiempo de su contratación, durante la vigencia del contrato o con vista a su disolución, realizar encuestas, averiguaciones o indagar sobre las opiniones políticas, religiosas, sindicales, culturales o de preferencia sexual del trabajador. Éste podrá expresar libremente sus opiniones sobre tales aspectos en los lugares de trabajo, en tanto ello no interfiera en el normal desarrollo de las tareas”.
Kaitlin es joven, muy bonita y explota comercialmente su aspecto físico como modelo. Las fotos en que ha sido retratada en nada disienten de las que habitualmente podemos ver en revistas y diarios de circulación general. Siendo una actividad lícita y llevada a cabo fuera del horario escolar, nada tiene para opinarse. Y en cuanto a los niños, como ella dijo: “No estaban enterados de que era modelo, y de todas maneras creo que no les importaría porque están más interesados en los dinosaurios”. Por supuesto que aquí el problema no son los niños, invocados cada dos frases por la burocracia escolar, sino la mente de los adultos. Y en particular, los prejuicios, los pensamientos oscuros y hasta -por qué no- la envidia que tienen algunos entre las neuronas.

Como corresponde a la burocracia, cuando la pescan en un renuncio, la situación se zanjó retrotrayendo el estado de cosas a la situación anterior a cuando ellos mismos, las autoridades escolares, iniciaron todo este insólito asunto: Pearson fue vuelta a la actividad de su puesto, en South Street Elementary School en Fitchburg, dándosele por terminada su “licencia” y, para salvar un poco el papelón, se aclaró que “ella es un buen ejemplo para sus alumnos”. Como expresa el dicho: “No aclaremos que oscurece”. Tan sólo una muestra más de que algunos, en este siglo XXI, siguen viviendo en la Edad Media. El problemas es que dirigen nada menos que un área como lo es la educación.

* Abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas. ** Agente de la Propiedad Industrial.

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