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Más beneficios fiscales para firmas que se sumaron a acuerdos de precios

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de diciembre los beneficios fiscales para las empresas que forman parte de los acuerdos de precios, cuya vigencia había vencido ayer, entre los que se destacan la suspensión del pago del impuesto PAIS a determinadas importaciones y de los aranceles en el caso de la exportación de un conjunto de mercaderías.
La extensión del beneficio se formalizó a través de la Resolución General 5440/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, a través de la modificación de parte de la RG 5414 del 1° de septiembre.
Asimismo, mediante la Resolución General 5441/2023, la AFIP extendió hasta el 30 de noviembre la exclusión de determinadas operaciones de importación informadas por la Secretaría de Energía de los regímenes de percepción del IVA y del impuesto a las Ganancias, a solicitud de la repartición dependiente del Ministerio de Economía.
En el primer caso, los beneficios habían sido anunciados en agosto por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, y establecidos el 25 de ese mes por del decreto 433.
Por entonces, Massa había anunciado un acuerdo con supermercados y mayoristas para 52.300 productos de consumo masivo, que incluirá aumentos escalonados del 5% mensual por los próximos 90 días.
Las empresas que adhirieron tuvieron una serie de beneficios fiscales -que ahora se prorrogan por 60 días- además de un esquema de créditos a tasas subsidiadas para las pymes proveedoras de los supermercados, con el objetivo de garantizar el sendero de aumentos para los productos incluidos.
Entre ellos, se suspendió el pago de cargas a la compra de divisas en moneda extranjera para la importación de mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias del Mercosur para una serie de bienes y servicios, entre los que se excluyeron aquellas posiciones arancelarias que correspondan a bienes suntuarios.
Además, los suscriptores del acuerdo pasaron a gozar de una reducción al 0% de la alícuota de retenciones para la exportación de mercaderías.

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