El magistrado Arturo Bornancini consideró que fue injustificado el despido en que se colocó la accionante cuando habían pasado tres meses sin que se presentara a su puesto de trabajo ni justificar su conducta, y sin hacer comunicación alguna a la patronal durante ese período El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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La relación de dependencia como puerta de entrada al esquema protectorio laboral y su necesidad de reforma
Por Lucas J. Battiston (*) En un muy interesante fallo dictado por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del...