viernes 26, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
viernes 26, abril 2024

Uruguay regula las aplicaciones informáticas

ESCUCHAR

El Poder Ejecutivo del Uruguay, a cargo del Dr. Tabaré Vázquez, ha enviado un proyecto de ley para regular las aplicaciones informáticas y equipararlas a los servicios tradicionales.

En sus fundamentos expresa que la aparición de ciertas modalidades de contratación de servicios a través de plataformas informáticas obliga a efectuar ajustes al ordenamiento jurídico que permitan acompasar esos cambios, evitando, de este modo, una desregulación no querida que distorsione el mercado y vaya en detrimento de los consumidores y de la competencia de otros sujetos que prestan servicios similares de forma «tradicional», encontrándose sometidos a diversas formas de contralor (autorizaciones, registros, etcétera).

Por ello es que presentó un proyecto de ley para regular las actividades de los prestadores que emplean medios informáticos y aplicaciones tecnológicas (móviles, etcétera) para concertar diversos servicios, en un todo de acuerdo con el marco jurídico general preexistente para la realización material y final del servicio que ofrecen.

Los fenómenos a regular involucran -por vía de tecnologías aplicadas- la intermediación en la prestación de servicios personales, así como el ejercicio de actividades comerciales que poseen características que son propias de ciertos servicios públicos, por cuyo mérito se hace referencia a la limitación de ciertas libertades constitucionales, destacando el avance tecnológico y los desafíos que plantean al sistema jurídico, comprometiendo la efectividad del ejercicio de contralor del Estado relativo a las actividades que se encuentran por él reguladas. Por ello, el proyecto busca dotar de instrumentos de regulación y control eficientes, sin caer en la tentación prohibicionista.

Reconoce que el pago de los servicios que prestan las empresas alcanzadas es a través de medios electrónicos de pago, por lo que un medio eficaz para asegurar su actuación dentro del orden jurídico es bloquear los movimientos financieros de los infractores en el sistema.

Entre los artículos más destacados está el Tercero, que dispone que los servicios prestados por personas físicas o jurídicas, mediante el uso de sistemas informáticos, incluidos los intermediarios en la transmisión de contenidos vía electrónica, quedarán sometidos a los controles, autorizaciones, permisos, licencias, registros y otras regulaciones, que para la actividad privada establecen las normas específicas relativas al servicio final que se desarrolle como parte de su oferta.

El artículo 9º dispone que los organismos de contralor deberán comunicar al Banco Central los incumplimientos; éste impedirá la transferencia de fondos, así como cualquier otra operación, desde y hacia las cuentas de los incumplidores.

Uruguay pretende dar un paso importante en la regulación de las empresas tecnológicas.

* Abogado especializado en nuevas tecnologías / [email protected]

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?