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Triunfo español para fundamentalistas de la carne

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Por Sergio Castelli * y María Constanza Leiva **

En esta época en donde el veganismo continua sumando cada vez más adeptos, la originalidad de las recetas resulta clave, ya que muchos buscan alivianar la sensación de extrañamiento a ciertos platos o bocadillos a los que estaban habituados en su vida omnívora.
Aquí es donde la imaginación es todo lo que se necesita para lograr el objetivo, y se han creado desde hamburguesas y milanesas que ya resultan habituales y conocidas, hasta salame, sí, aunque resulte sorprendente han creado una preparación que imita al salame pero sin carne, siendo calificado como vegetariano o vegano según los ingredientes involucrados en la receta.
Dentro de la reciente incorporación de esta novedad al mercado, encontramos una receta que utilizando como base calabaza ahumada y otros ingredientes logra obtener un producto final que goza de sabor, según dicen, muy similar al salame que todos conocemos.
Si bien la polémica entre consumidores vegetarianos, veganos y de carnes siempre estuvo presente, el hecho de utilizar el término salame para identificar productos que se alejan totalmente de la preparación original, no quedó en una simple disputa cotidiana, sino que llego a la justicia.
Y, un juzgado español emitió una resolución por la que se prohíbe definir con denominaciones de productos cárnicos a otras elaboraciones, como por ejemplo las de origen vegetariano o vegano.
A raíz de este fallo judicial, que impide definir con el rótulo de «salame» a productos que no llevan carne animal y que en realidad son elaboraciones vegetarianas o veganas, abrió el debate, ya que quedaron en el limbo también los productos como milanesas o hamburguesas, que para los fundamentalistas de la carne resulta inconcebible que dichos términos sean utilizados para productos que no contengan carne animal.
Según publica el sitio Infocampo, los alimentos producidos para consumidores vegetarianos o veganos han ingresado rápidamente en el mercado, pero no todos lo hicieron de la misma manera.
En algunos casos, quizás los más polémicos, han utilizado la denominación de otros productos que históricamente pertenecieron al reino animal, como las hamburguesas de lentejas, las milanesas de soja o los salames vegetarianos.
En el caso que mencionamos, el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en España, emitió una sentencia en la que sanciona a una empresa por el uso del término de venta «salami» para un producto cuya denominación real sería «embutido vegetariano».
El juzgado argumentó que es una «contradicción que supone definir como ‘salami’ a un producto que es vegetariano y que carece de carne. Emplear un término de uso social admitido como es el de ‘salami’ para describir aquello que no lo es».
Según la sentencia, «emplear tales términos cuando el contenido carece de los elementos esenciales que lo integran, conforme la regulación, está incluido en el tipo sancionador aplicado, sin que se haga necesario, ni sea conforme a derecho, el utilizar terminología propia del uso social y referida a la carne para identificar productos que, por definición, carecen de la misma, infringiendo las condiciones establecidas para tales productos».

* Agente de la Propiedad Industrial.  ** Abogado.

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