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Metaverso: la reconstrucción digital para la vida después de la muerte física

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Por Jorge Fabián
Villalba (*)

Iniciado el año 2022, los principales eventos blockchain del mundo ponen especial atención en la potencialidad del metaverso para solucionar aspectos de la vida cotidiana, pero principalmente para cumplir con deseos no resueltos que el ser humano ha tenido desde hace muchísimos años.

En cuanto al tema patrimonial, en la previa del AIBC de Dubai se mencionó la importancia de ejecutar la herencia o “cripto–herencia” de manera automatizada con un smart contract, poniendo en discusión la necesidad real y concreta de repensar ciertos aspectos del derecho sucesorio actual, así como la forma de los testamentos tal y como la conocemos. Aquí es importante aclarar que el mundo tracciona de manera inevitable a la supresión de intermediarios innecesarios y que su gradualismo dependerá de cada sociedad, pero el resultado será inevitablemente el mismo (para prueba basta mirar datos).

Pero en esta ocasión quiero compartir con ustedes otro tópico que plantea el metaverso y que cobra un especial protagonismo por todo aquello que hemos vivido en contexto de la pandemia.

Cuestiones previas:

 a) La vida actual se desenvuelve en una permanente delegación de satisfacciones sensoriales en miras de mantener activa la portabilidad de algún dispositivo digital que capture esa situación deseada que transcurre en un tiempo y espacio irrepetible, a punto tal que incluso es común observar, por ejemplo, un evento musical en vivo, directamente desde el lente del smartphone y no de manera directa con nuestros propios ojos. Es decir, tiene prioridad el registro del momento por sobre el gozo y satisfacción personal. Prima el deseo de compartir con terceros el lugar donde estuve, por sobre la satisfacción individual de llenar mi alma y espíritu.

Es así que una sociedad que todo lo registra (videos, fotos, capturas de mensajes, registros de audios) es una sociedad que permanentemente guarda insumos y los entrega a título gratuito a una masa de compañías centralizadas que guardan dichos registros a punto tal de poder vincularlos directamente con un nombre y apellido de quien en vida se llamó de determinada manera, tuvo determinada profesión, etcétera. Jurídicamente, podemos exponer múltiples análisis pero la adecuación “deber ser / ser” asoma un tanto difusa.

b) El metaverso será sin dudas la más acabada síntesis de integración armónica y sincrónica de todo dato intangible que haya transitado alguna vez el ecosistema del dato, permitiendo satisfacer incluso los más grandes anhelos de la humanidad. Uno de ellos tiene que ver con la posibilidad de mantener vivo a un ser querido, no sólo en la memoria y el corazón sino más bien por la posibilidad de interactuar nuevamente, recibir un consejo e incluso un abrazo que se sienta real.

c) La odisea del covid-19 traspasó los límites más íntimos de una persona y su relación con sus seres queridos, como el caso del derecho humano a despedirse de sus afectos de manera digna, dejando heridas en la población sin sanar, que seguramente van a perdurar por mucho tiempo.

d) Entonces, el contexto y la viabilidad tecnológica, sumados a la disponibilidad del o los insumos necesarios, permiten hoy sostener la posibilidad de dar vida a un ser querido en el metaverso tomando los registros de él que la familia, amigos o entorno íntimo pueda tener. No obstante, esto permitirá recrear sus palabras, tono de voz, movimientos, consejos, celebraciones, saludos, etcétera. Incluso será posible experimentar, con dispositivos sensoriales, ese contacto físico que el tiempo dejó en algún instante de la eternidad. La inteligencia artificial incursiona en una nueva dimensión algor-ética de análisis.

e) Las empresas centralizadas, las redes sociales, redes de mensajerías y demás quizás se conviertan en nuevos espacios de archivo o registro de insumos para ser utilizados en su articulación al metaverso, donde un nuevo big data tenga un fin muy selectivo: ¡dar vida después de la muerte!

La mayoría de los códigos civiles del mundo exhibe cierta coincidencia a la hora de regular la prohibición de ceder los derechos inherentes a la persona humana; asimismo hay consenso en materia de datos sensibles en lo que respecta a leyes de protección de datos personales, y podemos nombrar un arsenal de recursos normativos; pero si miramos sus fechas aplicamos un método de interpretación histórico, todo ese plexo normativo no está pensado para esta época, cuando blockchain viaja a la velocidad de la luz mientras el legislador se detiene a cambiar los neumáticos de su auto.

En fin, sólo a modo de ejemplificar el estado actual de la cuestión, los proyectos activos en el tema trabajan la posibilidad de recrear la voz aplicando inteligencia artificial bajo el lema life forever.


(*) Escribano titular del registro Nº 706. Director de la Sala Blockchain e Inteligencia Artificial y de su Revista Indexada, de la Universidad Católica de Córdoba. Experto en tecnología blockchain aplicada

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