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¿Existe un arquetipo de juez/jueza?

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Por Armando S. Andruet (h) twitter: @armandosandruet

En el último aporte que realizamos en este lugar, nos referimos a ciertos criterios metodológicos, operativos y de valores que debería ser importante -según creemos- tener a la vista frente a un proceso contemporáneo de codificación de los temas de ética judicial. 

Especialmente teniendo presente que la mayoría de los poderes judiciales (PPJJ) que tienen dichos instrumentos los poseen desde hace casi dos décadas y, por lo tanto, no habrán podido atender las profundas transformaciones sociales y morales en las prácticas judiciales, que deben ser apreciadas, en algunos casos, con nuevos criterios. 

De todas maneras, lo que nunca es adecuado perder de vista cuando de códigos de ética judicial se habla es que ellos siempre son instrumentales y, en el mejor de los supuestos, colaborativos al «ser» del juez/a quien, al fin y al cabo, es la figura central de la mencionada realización. 

En realidad, de poco sirve contar con los mejores instrumentos que la ética judicial pueda producir si antes no se contabilizan en el acervo del nombrado Poder Judicial personas que ejercen la judicatura con una disposición cierta a ser aún mejores personas en la praxis de la función y gestión judicial. 

Las instituciones judiciales tienen su último y central resorte en las personas que las habitan desde su interior. Si nosotros creyéramos que nuestros jueces son individuos que tienen una alta preocupación por un cumplimiento ético en el sentido lato que corresponde ahora indicar de la función y gestión judicial, la presencia y realización de los códigos éticos en dichos PPJJ suele no ser acuciante y, en muchos casos, hasta se puede prescindir de aquéllos. 

Sin embargo, la propia consulta a PPJJ que han gozado desde hace varias décadas de un incuestionable ejercicio ético en sus jueces/zas y demás servidores judiciales, ha terminado por comprender que los códigos son siempre fecundos, aun en dichos supuestos, porque ayudan a solventar la dificultad que la modernidad ha traído a los PPJJ con una mayor densidad poblacional de jueces/zas, y por ello los procesos de inducción y enseñanza desde la buena y recomendable endogamia de la institución judicial, que se advierte resquebrajada.

Sumado a ello, los problemas que emergen en la práctica judicial tienden a ser más complejos y hacen más dificultoso poder visualizarlos con toda transparencia y con la totalidad de las aristas que promocionan. Las figuras que la geometría judicial promueve para la práctica de la función y gestión judicial son poliédricas y exigen nuevos entrenamientos para sus abordajes completos y satisfactorios. 

Por ello es que los códigos éticos son excelentes colaboradores en ese transitar por el camino del mejoramiento para la acción de los jueces/zas. Pero el verdadero desafío no es tener buenos códigos sino contar con mejores jueces y juezas. Son los hombres y mujeres que son jueces/zas y no los códigos éticos lo que hacen de un poder judicial un espacio completamente judicial y de satisfacción para los ciudadanos por la confianza que ellos les brindan.

En orden a ello y sin perjuicio de que hemos ya escrito en diversos lugares acerca del perfil del juez/a como modelo deseable y, por lo tanto, reconocido en modo expreso en los consejos de la magistratura para su promoción respectiva, me quiero referir ahora a un capítulo conexo a ello: el «arquetipo de juez/a».

Valga a modo de aclaración liminar que cuando señalo dicho «arquetipo» naturalmente estoy plasmando una mirada que no tiene por qué ser comprendida como universal -aunque creo que debería tener dicha vocación-. Mas no puedo ignorar que a veces es la facticidad la que impone definiciones distantes de los proyectos aspiracionales de la sociedad o de quien gobierna a la sociedad, que son de un tenor muy diferente. 

Los entretelones de que los PPJJ, en supuestos especiales, en lugar de ser espacios institucionales dispuestos para el juzgamiento de los ciudadanos acorde a lo probado, con prácticas embebidas en la independencia, imparcialidad e integridad, terminan siendo un campo de batalla entre oficialistas y opositores de turno, hacen que la ciudadanía quede azorada y atemorizada o satisfecha y relajada. Así, lejos de ser un poder judicial auténtico, es sólo un modelo regresivo a los modelos judiciales del Ancien Régime, con independencia de que se busquen para ello nombres modernos o tesis de pseudocientificidad para invocarlo.

Mas, volviendo al núcleo de esta columna, señalo que la búsqueda por el «arquetipo» y no por el «ideal» de juez/a apela a buscar un campo operativo en la misma acción de la vida judicial. 

Como bien recuerda José Ortega y Gasset (Vieja y nueva política, Madrid: Revista de Occidente, 1963, pág. 105) cuando habla acerca de los políticos -refiriéndose a Mirabeau- apunta no sobre las condiciones que deberían tener aquéllos sino acerca de las cosas posibles acorde la ineluctable realidad; y agrega: “Si nos habituásemos a buscar de cada cosa su arquetipo, la estructura esencial que la Naturaleza, por lo visto, ha querido darles, evitaríamos formarnos de esa misma cosa un ideal absurdo que contradice sus condiciones más elementales. Los ideales son las cosas recreadas por nuestro deseo”.

Siguiendo nuestra línea argumental, destaco por de pronto que aquel que quiera «ser» juez, deberá renunciar a considerarse que «trabaja» de juez. La función social de «ser» juez, si es considerada meramente como «trabajo», habrá de colocar en cuestionamiento algunos o quizás todos nuestros elementos catalizadores del señalado «arquetipo», toda vez que serán categorías en muchos supuestos excesivas aun para un buen «trabajador» judicial.

En la actualidad, no sólo en nuestro país sino en muchos PPJJ de la región, existe una mayor preocupación por modificar los sistemas y las prácticas judiciales antes que considerar, en profundidad, el problema del juez/a desde su construcción arquetípica. 

Quien sólo «trabaja» de juez/a supone hacerlo bajo instrucciones o consignas de quien lo organiza para que lo realice en modo más eficiente, efectivo, dócil, combativo o servil. Quien «es» juez/a lo será en tanto que lo hace acorde a lo que sus mismas connotaciones arquetípicas se lo permitan. No irá más allá de ellas pero tampoco las licuará por las banalidades que siempre son espectrales en la realidad de la política de nuestro tiempo, que atraviesan también a los PPJJ.

Enuncio aquéllas no con ánimo de hacer una catalogación completa sino porque son las que, a la luz de la experiencia personal en la magistratura (y por haber visitado y estudiado diferentes PPJJ), me he permitido construir. 

Estos ítemes no son valores ni tampoco principios -ellos estarán en los códigos éticos- sino que son los ladrillos que amuran el arquetipo de un juez/a de nuestro tiempo, que se tiene que mover bajo las acechanzas siempre reales de cooptarlo, del poder político. 

En primer lugar, en la enunciación del sintagma se destaca la «inhabitación» del verbo que habilita la poiesis que corresponde contabilizar en la persona del juez/a; y en segundo lugar, se referencia la «acción proyectiva» que hace escénico dicho verbo en la función y gestión judicial. 

Solo hacemos ahora una enunciación de ellas, en otra ocasión nos ocuparemos con un mayor detalle de cada una y podremos brindar una breve explicación, aunque el natural sentido común permite colegir las semánticas sin mayor dificultad.

Así entonces: 1) Poseer (inhabitación) la vocación (acción proyectiva). 2) Tener la dedicación. 3) Ejercitar la práctica con profesionalidad. 4) Gozar de la sensibilidad. 5) Construir la integridad. 6) Sostener con fortaleza. 7) Encontrar la humildad. 8) Saber admirar. 9) Fortalecer las virtudes epistémicas. 10) Discernir con prospectiva política.

Integrar estos elementos arquetípicos del juez/a a los perfiles de jueces/juezas que hemos considerado, que es tarea especialmente de los consejos de la magistratura (vide “Dimensiones de la ética judicial en el ámbito de los consejos de la magistratura y tribunales superiores de justicia de la república, Revista Jurisprudencia Argentina, Nº 2019-II, Fasc. 12), nos habilitaría a pensar en poseer PPJJ más satisfactorios que los actuales, con jueces y juezas más auténticos y no hipostasiados por los entornos de la vida pública política.

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