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El desafío de la actual evolución tecnológica del derecho

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La búsqueda del pensamiento artificial autónomo está cambiando el ejercicio de la profesión jurídica

Apresurada por la pandemia del covid-19 pero con existencia previa a ella, la transformación digital del derecho no es ya una hipótesis futura sino una realidad en franca expansión. Ejemplos abundan y son manifiestos: expediente electrónico, notificaciones procesales digitales, documentos electrónicos, videoconferencias, mediaciones y audiencias judiciales vía plataformas web son sólo algunas de las nuevas formas de ejercer a las que hemos tenido que amoldarnos. 

La digitalización de los procesos es el primer paso de algo en ciernes todavía mayor. “Los clientes de los estudios se están digitalizando y el sector jurídico debe acompañar dicho proceso”, explica Almudena de la Mata, miembro de Blockchain Intelligence. 

Tales cambios no se quedan sólo en una forma distinta de hacer las cosas sino que suponen, en lo esencial, una necesaria evolución de procesos y mentalidades. Se generan nuevos desafíos y se requieren otras competencias, muchas veces impensadas hasta un ayer muy cercano. 

“El mundo actual se encuentra en una transformación digital y el sector jurídico no puede ser ajeno a ello”, dijo -en la presentación de una serie de informes sobre la cuestión- Victoria Ortega, presidenta del Consejo de la Abogacía Española, la corporación profesional de derecho público​ que agrupa los colegios profesionales de abogados de España, una de las entidades profesionales que más se ha preocupado por investigar el tema.  

Nos hallamos pues en ese nuevo campo, en franca expansión, que se ha dado en denominar legal tech, noción salida de la contracción del inglés “legal technology”, referida a los avances en la ciencia y técnica aplicadas que permiten la automatización de una determinada actividad jurídica, sea respecto de un soporte de apoyo (v. g., documentos digitales), un proceso (v. g., tramitaciones electrónicas) o de la relación con clientes u otros actuarios del derecho. 

Moisés Barrio Andrés, en su aporte dentro de la obra colectiva Legal Tech. La transformación digital de la abogacía, distingue siete campos principales en la cuestión: asesoramiento legal automatizado; reuniones abogado-cliente a través de plataformas digitales; tercerización digital de las tareas jurídicas (legal process outsourcing); digitalización y automatización documental; herramientas de e-discovery y control de documentos; y programas de análisis predictivo de casos y cursos, congresos o similares a través de plataformas remotas.

Camilo Alfonso Escobar Mora, en un artículo titulado “Reflexión jurídica sobre la inteligencia artificial en la publicidad digital empresarial personalizada”, publicado el pasado año en Foro Jurídico de México, expresaba: “Existe la incertidumbre de la naturaleza jurídica de la inteligencia artificial porque no se ha descifrado su condición en el Derecho. Es un producto. Creado por el ser humano. Que involucra elementos digitales o digitales y analógicos (segun el —cada— caso). Entonces, no se debe sobredimensionar (ni menospreciar). Lo adecuado es reconocer su forma jurídica, hacer que esa forma coincida con su deber ser jurídico -a la medida del caso- (para que sea válida) y usarla de una forma diligente (para que haga validez jurídica, en lo que dependa del alcance de su naturaleza de —como— producto, a la medida del caso)”. Esto implica que aquello que se cree o emplee sea “válido”. En otras palabras: que sirva, que sea accesible, que tenga efectos jurídicos relevantes.

Se trata pues de una realidad que en el presente año, literalmente, “se nos vino encima”. Hay una necesidad de modificar no pocos aspectos de la profesión jurídica. En un corto tiempo se requerirán abogados «tecnológicamente competentes». 

Aclaro que no comparto la postura de quienes ven negro el futuro. Se trata de una transformación que no conlleva la caducidad de nadie. Antes bien, es una oportunidad de mejorar la calidad de la práctica jurídica. En ello, la pandemia ha sido una oportunidad monumental de cambio. Todo está, para bien o para mal, en la idea de cambio que la anime. También me cuento entre quienes entienden que los estudios más “chicos” son más ágiles que los “grandes” para afrontarlo. 

Tampoco se trata de una cuestión de edad. Si bien los “nativos digitales” corren con algunas ventajas, me consta la existencia de colegas en sus 30 a quienes se les dificulta enormemente y otros que, pasados los 60, se mueven a sus anchas en el mundo de lo tecnológico.  

No es menor la capacidad de resiliencia y de adaptación que han mostrado todos los actores jurídicos, en el presente año. Es algo que debe preservarse e intentar que se convierta en costumbre, pues estamos inmersos en una transformación vertiginosa que sólo ha despuntado y de la que tendremos mucha más evolución a futuro. Probablemente, no con la forma vertiginosa de este 2020, pero sí con rapidez.

Será cuestión, entonces, nos guste más o nos guste menos, de mantener el mejor impulso hacia un futuro jurídico “tecno” que se presenta como inexorable.

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