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De dónde venimos y hacia dónde vamos

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Por Marcelo Bee Sellarés (*)

El Consejo de la Magistratura de la Nación es un órgano técnico, político institucional, consagrado en nuestra Constitución en el artículo 114 a partir de la reforma del año 1994.
Claramente el constituyente tuvo la intención de generar un órgano técnico que se apartara de las designaciones estrictamente políticas como eran hasta entonces, buscando que los postulantes escogidos tengan un examen técnico previo a la selección de magistrados, para luego de elevar la terna vinculante de postulantes el Poder Ejecutivo en uso de sus facultades y con acuerdo previo del senado proceda a su designación.
Desde la reforma de la ley 26080 del año 2006, que disminuye el número de consejeros de veinte a trece, se discute sobre el equilibrio que debe existir entre los diversos estamentos que componen el órgano tal como lo prevé el artículo 114 de nuestra Carta Fundamental. Es así como los abogados nos vimos reducidos en nuestra representación de cuatro miembros a dos de los cuales solamente uno representa a todo el interior de país, que es quien actualmente preside el organismo, Miguel Piedecasas, y el otro representante del estamento representa a la ciudad de Buenos Aires.

La desproporción territorial existente entre todo el interior del país como si fuera un distrito único y la ciudad de Buenos Aires como otro distrito marca a la luz la asimetría en la representación territorial del estamento. Es necesario volver a debatir no sólo el número de abogados, la representación territorial sino también la posibilidad de la re-elección de los consejeros hoy no contemplada. El estamento abogadil fue con la reforma de 2006 excluido de la participación en la comisión de selección de magistrados.
La primera pregunta es si el órgano con su conformación actual de trece miembros está hoy cumpliendo el rol para el cual fue concebido.
La respuesta es sí. Los argumentos y fundamentos pueden ser diversos, algunos teóricos, otros prácticos pero lo que demuestra el funcionamiento es el día a día y cómo se van resolviendo los problemas que son diversos, complejos y variados. El consejo en su actual composición técnico- política tiene una representación interna mayoritaria de ocho consejeros. Dicha mayoría permite llevar adelante decisiones funcionales importantes como, por ejemplo, reunir el quórum necesario para funcionar en el plenario y en las comisiones, pero las decisiones trascendentales requieren de un consenso amplio de una mayoría agravada de nueve votos, como -por ejemplo- para elevar ternas al Poder Ejecutivo o para abrir un procedimiento de destitución de un magistrado. Cabe aclarar que la búsqueda de estos consensos que necesitan de una mayoría agravada son correctos, ése fue el espíritu del legislador, diría que es una responsabilidad institucional el poder conseguirlos. La designación de un juez de la Nación o la apertura del procedimiento de destitución son hechos de trascendencia institucional y el legislador lo que ha buscado es encontrar esas mayorías y consensos necesarios entre los propios consejeros.

En 2016 el consejo ya elevó más de 40 ternas al Poder Ejecutivo; este número no sólo constituye el más alto de los últimos cinco años en los cuales la producción promedio desde 2011 a 2015 fue de catorce ternas por año. Esto explica en gran parte por qué al día de hoy el porcentaje de vacancia ronda 25 por ciento. Si tomamos como parámetro, por los próximos dos años, una producción con un promedio de cuarenta ternas elevadas, el porcentaje de vacancias se reducirá en forma abrupta hasta volver a una media de diez por ciento.
Comenzamos 2016 teniendo que resolver las subrogancias, atendiendo los parámetros fijados en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Uriarte” por el cual se declaró la inconstitucionalidad de la ley 27145 de noviembre del 2015 y la designación de los secretarios judiciales como jueces subrogantes. Dicho fallo ordenó que únicamente podía ser juez subrogante otro juez designado por el procedimiento legal y constitucional, decisión que se tomó el 4 de febrero pasado por el plenario del Consejo, normalizando de este modo el estado y situación de las subrogancias en todo el país, prorrogándolas hasta el 30 de noviembre del año pasado. Con fecha 17 de noviembre de 2016, a falta de la sanción de una nueva ley de suborgancias, volvimos a prorrogarlas en su mayoría hasta fines de ese mes.

Dentro de la Comisión de Selección hoy se encuentran en trámite 87 concursos para cubrir 208 de las 255 vacantes en todo el país. Estos concursos públicos de antecedentes y oposición tienen una etapa de examen escrito en la que el aspirante debe superar 50 puntos y otra etapa de evaluación de los antecedentes que es merituada por el consejero integrante de dicha comisión que resulte elegido por el sistema de sorteo. Luego se lleva a cabo una entrevista personal, las que son públicas, teniendo por objeto valorar su motivación para el cargo, la forma en que desarrollarán la función, la opinión sobre temas de su especialidad y sobre el funcionamiento del poder judicial pudiendo el aspirante presentar el proyecto o programa de trabajo para que su función sea eficiente. Por último, una audiencia pública en la que se evalúa la condición democrática, la aptitud funcional y la idoneidad del aspirante.
En lo relativo a la jurisdicción Córdoba, se designó al nuevo juez federal de la ciudad de Bell Ville, que era el único juzgado en esta jurisdicción con juez subrogante, luego de haberse cumplido el procedimiento legal y constitucional. Actualmente se encuentra en trámite el concurso número 313 para cubrir tres cargos en el Tribunal Oral Federal Nº3 no habilitado por la Corte, donde es necesario el trabajo de nuestros legisladores nacionales por Córdoba, para presentar e impulsar un proyecto de ley de creación del Juzgado Federal Nº4 como existen en otras jurisdicciones como, por ejemplo, Mar del Plata y Mendoza.

En lo que hace al trabajo de las comisiones, en Disciplina y Acusación ingresan diariamente un promedio de 30 denuncias; allí también se logró en lo que va del año un avance considerable; ya no se desestiman más denuncias por el simple transcurso del tiempo de tres años, sobre la base de un criterio jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se avanza diariamente en aquellos concursos que se encuentran en trámite. El reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación estipula una serie de etapas en la tramitación de una denuncia contra un magistrado, que se puede abreviar en la sustanciación de la denuncia donde el magistrado denunciado podrá ejercer su defensa, nombrar defensor y ofrecer prueba teniendo la posibilidad de contestar la misma. Una segunda etapa que se da si existen elementos suficientes luego de la producción de la prueba que ameriten citar a indagatoria al magistrado. Acto seguido el instructor de la causa, que es uno de los consejeros, emite un dictamen desestimando la denuncia o, de lo contrario, solicitando la apertura del procedimiento de destitución, el cual deberá ser aprobado por una mayoría agravada de nueve votos por el pleno del Consejo.
En 2016 se destituyeron cinco jueces federales (algunos durante la tramitación del proceso del jurado de Enjuiciamiento y otros que renunciaron con denuncias que se encontraban en la comisión de Disciplina y Acusación). Este número constituye un récord en las estadísticas desde la creación del organismo.
Mediante la resolución número 342, el plenario en un hecho inédito resolvió a pedido de diversas instituciones vinculadas al derecho y la sociedad civil auditar a los juzgados y tribunales federales con competencia en materia penal de todo el país respecto de la tramitación del universo de causas judiciales donde se encuentren imputados funcionarios públicos o ex funcionarios y en las cuales haya existido un requerimiento de instrucción por parte del agente fiscal, entre los año 1996 y el 2016, en los delitos vinculados a la administración pública, en causas que se encuentren en trámite y culminadas.

Dicha auditoría se está llevando a cabo por intermedio del propio cuerpo de auditores del Consejo de la Magistratura, que se encuentra recibiendo la información de las distintas jurisdicciones del país. Esto permitirá, con el informe final que presente el cuerpo de auditores, que la sociedad en su conjunto tenga una radiografía de la labor y compromiso de los magistrados en los delitos vinculados a hechos de corrupción, donde Argentina tiene la triste estadística en la duración promedio de 10 años en la instrucción de los delitos vinculados a la presente temática. Además, se avanza en la auditoría de relevamiento de un plan trienal de delitos vinculados con las causas de narcotráfico en todo el país, que se está llevando adelante actualmente también a través del cuerpo de auditores, más otra auditoría de gestión o productividad en el fuero laboral de la ciudad de Buenos Aires.
Otro tema que merece un profundo debate es si los recursos que se invierten en justicia son los justos y necesarios para poder no sólo brindar un eficiente servicio a los justiciables sino para combatir el flagelo del narcotráfico con las herramientas necesarias frente a los delitos de alta complejidad como por ejemplo el lavado de dinero.
¿Cómo surge el presupuesto del Poder Judicial? De la ley de autarquía judicial, que fija un porcentaje de 2,93% de coparticipación de los recursos del tesoro nacional; este porcentaje es claramente deficitario en el curso normal y ordinario de la administración y ejecución del presupuesto, más allá de las partidas especiales que provienen del Poder Ejecutivo Nacional para poder pagar los gastos ordinarios del consejo. Estoy hablando del pago de sueldos y no de las obras necesarias para la infraestructura del Poder Judicial que tanto necesita la justicia.
Es necesario que los legisladores logren instalar el debate sobre el aumento del coeficiente de coparticipación para lograr un mayor ingreso de recursos propios y no depender del Poder Ejecutivo, afectando a la independencia del Poder Judicial, cada vez que es necesario correr en auxilio del Jefe de Gabinete de la Nación.
Transitamos 2016, asumiendo la responsabilidad de volver a poner en funcionamiento este organismo. Para el futuro queda mucho por hacer, mejorar y debatir, pero el compromiso, la responsabilidad y la impronta propia de la gestión, es lo que no me hace dudar de que vamos por el camino correcto donde podemos y debemos lograr el paso de una justicia independiente de los otros poderes del estado, hacia una justicia más eficiente dando respuestas a las demandas de la sociedad.

(*) Secretario de la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Nación

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