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La Legislatura extendió el plazo de adhesión a la Jubilación Anticipada voluntaria

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Los interesados podrán hacerlo hasta el 29 de febrero de 2024, inclusive. Alcanza a empleados a quienes, al día de la presentación de la solicitud de adhesión digital, les faltaren hasta 10 años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria

Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba

Decreto N° 144 

Córdoba, 31 de octubre de 2023 

VISTO: el Decreto Nº 057 de fecha 9 de abril de 2021 de la Presidencia del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, sus sucesivas prórrogas, y la Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa.

Y CONSIDERANDO: Que, a través del mencionado Decreto Nº 057/2021 se dispuso instrumentar el régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley N° 8836, su reglamentación y normas complementarias, para el Personal de la Legislatura Provincial comprendido en la Ley N° 9880 – Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba al que, al día 31 de marzo de 2021, le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para la obtención de la jubilación ordinaria. 

Que a dicho fin, se fijó como plazo para que los interesados manifiesten su voluntad de ser incluidos en el régimen, los días comprendidos entre el 14 de abril de 2021 y el 13 de mayo de 2021, inclusive, previendo asimismo que dicho plazo podría ser prorrogado. 

Que por Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa se estableció que el Registro de Aspirantes a obtener el beneficio de la Pasividad Anticipada Voluntaria operaría en las fechas supra citadas, y a través de la Plataforma informática “CIDI – EDI Empleado Digital”, donde se receptarían las solicitudes. 

Que, atento a las consultas realizadas y el interés que la propuesta generó, sucesivamente se prorrogó el plazo para inscribirse en el Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, disponiéndose en este sentido, mediante Decreto Nº 2023/DEC-00000108 de la Presidencia, la prórroga del plazo para adherirse al mismo desde el día 01 de agosto de 2023 y hasta el día 31 de octubre de 2023 inclusive, para aquellos agentes interesados en gestionar su inscripción. 

Que debido a la continuidad de consultas por parte de los interesados, deviene oportuno en esta instancia prorrogar el plazo para adherirse al Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, desde el día 01 de noviembre de 2023 y hasta el día 29 de febrero de 2024, inclusive, extendiendo el mismo a favor del personal al que, al día de la presentación de la solicitud de adhesión digital, le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria. 

Por ello, lo dispuesto por el artículo 29, correlativos y concordantes de la Ley N° 8836, su Decreto Reglamentario N° 940/2000 y normas complementarias, el Decreto N° 002/2001 de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 85 de la Constitución Provincial y el artículo 30 in fine del Reglamento Interno de la Legislatura Provincial; 

EL PRESIDENTE PROVISORIO DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DECRETA: 

Artículo 1°: PRORRÓGUESE desde el día 01 de noviembre de 2023 y hasta el día 29 de febrero de 2024, inclusive, el plazo para la inscripción en el Registro de Aspirantes a obtener el beneficio de la Pasividad Anticipada Voluntaria, por parte del personal de la Legislatura Provincial comprendido en la Ley N° 9880 – Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, que esté interesado en acogerse al Régimen de Pasividad de referencia y que, al día de la presentación de la solicitud de adhesión digital, le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria. 

Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese. 

FDO.: FRANCISCO JOSÉ FORTUNA, PRESIDENTE PROVISORIO – ANA CAROLINA COMBA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 209 del 2 de noviembre de 2023.

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