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Contadores y licenciados: ¿cuáles son los requisitos para concursar el ingreso al Poder Judicial?

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Los interesados deberán inscribirse por medio de Internet, completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial (www. justiciacordoba.gob.ar) hasta el 10 de noviembre, a las 14. El llamado es para confeccionar la nómina de aspirantes a ser designados en funciones en las distintas oficinas de la Sede Capital para Área de Administración, y para el Ministerio Público Fiscal. Podrán presentarse aquellos con antigüedad máxima en el título de hasta cinco años de egresado y promedio general no menor a seis, sin computar aplazos 

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Acuerdo N° 1067 – Serie: “A” 

En la ciudad de Córdoba, 26/10/2023, con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA y Luis Eugenio ANGULO, con la intervención del Sr. Fiscal General de la Provincia Dr. Juan Manuel DELGADO y la asistencia del Señor Administrador General, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON: 

Y VISTO: La necesidad de contar con órdenes de mérito de aspirantes para ser convocados a desempeñar funciones en las distintas oficinas de la Sede Capital para Área de Administración, dependiente de la Administración General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y para el Ministerio Público Fiscal. 

Y CONSIDERANDO: 

1.- Que de conformidad a lo dispuesto por Acuerdos Reglamentarios Nros. 572 – Serie “A”, de fecha 08/11/00 y 1456 – Serie “A”, de fecha 28/11/2017, los cuales se aplican análogamente en la medida que correspondan a este concurso, corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, integración de la Junta de Selección, modalidad de selección e inscripción, plazo de presentación de los requisitos estatuidos y demás pautas necesarias para regular el llamado. 2.- Que la convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de selección para el cargo y función referidos, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación integral del/la postulante, acorde a funciones inherentes al rol. 

Por ello, 

SE RESUELVE: 

Artículo 1.- LLAMADO. CONVOCASE a los postulantes para el concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ser designados en cargos de Meritorios definitivos, interinos, suplentes o contratados, según disponibilidad presupuestaria, para desempeñar funciones en las distintas oficinas de la Sede Capital para Área de Administración, dependiente de la Administración General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y para el Ministerio Público Fiscal, con formación en: Ciencias Económicas. Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio, tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban cubrirse. 

Y DETERMINAR que el Tribunal Superior de Justicia y el Ministerio Publico Fiscal, en uso de sus atribuciones, se reservan la facultad de designar al aspirante en aquella dependencia donde las razones de servicio lo requieran y conforme el perfil solicitado para el puesto. 

Artículo 2.- REQUISITOS. LOS aspirantes deberán reunir en forma simultánea, a la fecha del presente acuerdo de convocatoria, los siguientes requisitos excluyentes: 

a) Ser egresado de carrera universitaria de Contador Público, Licenciatura en Administración/Administración de Empresas o Licenciatura en Economía, con título expedido por institución pública o privada que otorgue títulos con validez oficial nacional. 

b) Antigüedad máxima en el título de hasta cinco (5) años de egresado/a 

c) Promedio general no menor a seis (06) sin computar aplazos. 

Artículo 3.- INSCRIPCIÓN – ADMISIÓN. LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial (www. justiciacordoba.gob.ar), cuyo modelo se incorpora y aprueba como “Anexo A” del presente, hasta el día 10/11/2023 a las 14.00 hs. La misma tiene carácter de declaración jurada. El formulario podrá ser completado sólo una vez por persona. Documentación para la admisión: Inmediatamente después del envío del formulario de inscripción el/la aspirante recibirá un correo electrónico, en la casilla de mail que haya declarado al momento de la inscripción, con el enlace correspondiente para acreditar digitalmente las constancias. 

Queda bajo la responsabilidad del aspirante el control de la carpeta spam, espacio disponible en su cuenta de correo, etc. a fin de la recepción de dicho mail. El/la aspirante deberá adjuntar la siguiente documentación: 

1) Documento Nacional de Identidad (frente y dorso). En caso de no contar con el mismo, adjuntar algún documento expedido por organismo oficial con foto (ej. Pasaporte, Carné de Conducir, etc.) y constancia de solicitud de nuevo DNI ante el Registro Civil. 

2) Constancia emitida y firmada por la autoridad académica competente que certifique: 

– Obtención del título y fecha de egreso. 

– Promedio general sin incluir aplazos. La documentación que se adjunte digitalmente debe cumplir con los requisitos formales esenciales que seguidamente se detallan; y el no cumplimiento de los mismos, será causal de no admisión al presente concurso: 

– Debe ser legible, es decir se deben poder leer todos los datos personales del/a aspirante y aquellos requeridos para la admisión: promedio, avance en la carrera, fechas, datos de emisión, etc.; a cuyo fin el interesado previamente verificará que la documentación que envía resulta normalmente legible. 

– Debe estar firmada y sellada por la autoridad académica correspondiente. 

– Debe estar completa, es decir adjuntarse en todas sus partes. La admisión del aspirante se realizará únicamente conforme las constancias adjuntadas digitalmente. No serán admitidos quienes no adjunten en tiempo y forma la documentación requerida, o si de las constancias adjuntadas al momento de la inscripción no surgen los datos necesarios para analizar la admisión. Posteriormente, la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos publicará el “Listado de Admisión”. Las observaciones deberán ser presentadas en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de su publicación, mediante un formulario digital que se pondrá a disposición para tal fin. El aspirante reconoce desde el primer momento de su inscripción un fuerte compromiso con el Poder Judicial de Córdoba y, posicionado en el orden de mérito, asume las obligaciones, derechos e implicancias que la Institución establezca en la reglamentación respectiva para el período previo al ingreso. Exhibición de documentación original: De serles requeridos, los concursantes deberán presentar los originales de la documentación adjuntada digitalmente para la admisión. Esto se hará según cronograma (lugar, fecha y horario) que se publicará en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet (www.justiciacordoba.gob.ar). El postulante será excluido si no presenta toda la documentación requerida en el lugar, día y horario que se le asigne o si las constancias presentadas no coincidieran con los adjuntados digitalmente para el análisis de su admisión. La fecha que se establezca para que cada aspirante presente su documentación no podrá ser adelantada o pospuesta por inconvenientes personales, laborales o académicos. Si en alguna etapa del concurso, se detecta que un aspirante no cumple con los requisitos previstos en el Art. 2 del presente acuerdo, el mismo quedará automáticamente excluido. 

Artículo 4.- PRUEBA DE OPOSICIÓN. LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir el EXAMEN TEÓRICO cuyo temario y material de estudio de conocimiento obligatorio se aprueba como “Anexo B”. El examen será estructurado mediante una prueba de opción múltiple, cuya metodología se explica en el “Anexo C” de este acuerdo. El examen será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo establecido para la prueba será setenta y cinco puntos (75). Se exigirá para su aprobación un mínimo del sesenta por ciento (60%). Durante el examen, no se permitirá el uso de textos de consulta. Toda situación que se suscite quedará a consideración del Tribunal Examinador correspondiente, con las previsiones establecidas en el Art. 12 del presente. Los concursantes deberán observar y respetar las pautas que se fijan en el “Anexo D” para el correcto desarrollo y consecución del examen. El incumplimiento de las mismas conlleva la exclusión del postulante. La supervisión y evaluación del examen compete al Tribunal Examinador. La Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos tendrá a su cargo la organización y logística del examen, estableciendo los procedimientos que sean necesarios para el correcto desarrollo del mismo. El día, horario y lugar para la recepción del examen se comunicará oportunamente a través del Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet.

Será de carácter secreta. La pertenencia del examen se verificará mediante un código de barras. Los exámenes no deberán ser firmados, ni contener elemento identificador alguno, salvo la clave de referencia (código de barra). La violación del anonimato por parte del concursante determinará su automática exclusión. Posterior al día de examen, el aspirante deberá completar en forma digital una encuesta de opinión anónima referida a aspectos generales, al examen y a la organización del mismo. Para ello, recibirán vía correo electrónico un link de acceso a la misma. La fecha que se establezca a los fines de la recepción del examen no podrá ser adelantada o pospuesta por inconvenientes personales, laborales o académicos de los aspirantes. Los aspirantes deberán presentarse, el día del examen y en el horario que les corresponda, provistos de su DNI o Cédula de Identidad emitida por la Policía Federal o Pasaporte. 

Artículo 5.- CORRECCIÓN DE LOS EXÁMENES – IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCURSANTES – CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA CALIFICACIÓN. LOS exámenes serán corregidos automáticamente con un escáner y un programa informático específico en cuyo proceso de lectura podrán estar presentes los Miembros del Tribunal Examinador y los Veedores, si hubiere. Concluido y revisado el mismo, el Área de Recursos Humanos fijará fecha para la decodificación de los códigos de barra que contienen la identificación de los concursantes; acto que se anunciará mediante el Sitio Oficial del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba en internet (www.justiciacordoba.gob.ar). Los puntajes obtenidos se exhibirán a través del medio establecido ut supra, como así también los exámenes digitalizados y su corrección. La evaluación practicada no puede ser recurrida por los aspirantes, pudiendo el Examinador, de oficio o a petición de parte interesada y sin identificar el nombre del concursante, proceder sólo a la corrección de errores materiales en la calificación. Es responsabilidad del aspirante mantener en el texto de su planteo el anonimato de esta etapa; el no cumplimiento implica la automática exclusión. Las observaciones deben ser presentadas en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de los resultados, mediante un formulario digital que se pondrá a disposición para tal fin. 

Artículo 6.- PUNTAJE DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN ASIGNASE a los fines del proceso de selección establecido los siguientes puntajes máximos: 

I.- EXAMEN TEÓRICO: hasta un máximo de setenta y cinco (75) puntos. II.- RENDIMIENTO ACADÉMICO: hasta un máximo de veinticinco (25) puntos. El puntaje se asignará en proporción al promedio general de la carrera que lo habilitó a concursar y acreditado oportunamente para la admisión. 

Artículo 7.- NOTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES – VÍAS DE COMUNICACIÓN LAS decisiones y requerimientos generales emanados por el Tribunal Superior de Justicia, Ministerio Público Fiscal, Tribunal Examinador o la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones se notificarán a través del espacio expresamente habilitado para este concurso en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet (www.justiciacordoba.gob.ar). Asimismo, si fuera necesario alguna comunicación o notificación personal con algunos de los concursantes, se realizará a través de correo electrónico a la dirección indicada por el aspirante al momento de su inscripción (o su actualización). Dicha dirección será la que el Poder Judicial de Córdoba, utilizará para confirmar la recepción de la solicitud de inscripción al Concurso y posteriores notificaciones, es por ello que si la misma no es correcta o no se encuentra en condiciones el aspirante no recibirá ningún mensaje, siendo esto de su exclusiva responsabilidad. Las notificaciones y avisos se cargarán en el Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet los días martes y jueves de cada semana. Los concursantes deberán canalizar sus consultas, pedidos y/o presentaciones (excepto las observaciones a la corrección de errores materiales en la calificación de la prueba de oposición y al orden de mérito) única y exclusivamente por correo electrónico a la dirección [email protected] indicando en el “Asunto” el objeto de su comunicación seguido del N° de Acuerdo de la convocatoria a concurso Ej: consulta Ac N° XXX. Los cambios de datos personales que se sucedan durante el proceso del concurso (hasta la aprobación del orden de mérito definitivo) deberán ser informados por igual vía, desde la misma cuenta de correo declarada al momento de la inscripción, indicando en Asunto: “cambio de datos Ac. N° XXX”. Es obligación del aspirante mantener actualizada dicha información. 

Artículo 8. – TRIBUNAL EXAMINADOR – COMISIÓN COLABORADORA. DESIGNAR Miembros del Tribunal Examinador a los Sres., Cr. Roberto Rodolfo MANZANO, Subdirector General del Área de Administración; Cr. Juan Carlos CIPOLLA SANCHEZ, Subdirector del Área de Administración y Cra. Guillermina GIOVAGNOLI, Directora General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio Público Fiscal. Los mismos serán asistidos por una Comisión Colaboradora integrada por: Cra. Gabriela Andrea SALEMI, Jefe de Departamento de la Oficina de Despacho del Área de Administración; Cra. María Laura CUEVAS PORCHIETTO, Jefe de Departamento de la Dirección General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio Público Fiscal y la Dra. María Carolina GRANJA DE PERTILE, Secretaria de 1ra. Instancia Centro de Gestión Estratégica y Estadísticas del Tribunal Superior de Justicia. Los mismos contarán con el asesoramiento del Equipo Pedagógico de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones constituido para ello. Los miembros del Tribunal Examinador y la Comisión Colaboradora no pueden ser recusados atento el carácter secreto de los exámenes formulados. 

Artículo 9.- ELEVACIÓN DEL ORDEN DE MÉRITO. LA Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos elevará el Orden de Mérito confeccionado al Tribunal Superior de Justicia a efectos de su revisión y publicación. EL Orden de Mérito se determinará teniendo en cuenta la suma total de los puntajes alcanzados y se harán públicos a través del Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet.

Artículo 10.- OBSERVACIÓN AL ORDEN DE MÉRITO. LOS postulantes evaluados podrán observar fundadamente el Orden de Mérito ante la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones mediante un formulario digital que se pondrá a disposición para tal fin en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación del mismo, sólo en relación a los errores materiales y a la inobservancia de formalidades del procedimiento cumplido. La apreciación técnica del mérito es irrecurrible. El Orden de Mérito será aprobado por el Tribunal Superior de Justicia, previa resolución de las observaciones presentadas. En esta oportunidad, el Alto Cuerpo podrá hacer correcciones de los errores materiales que advierta en la asignación de puntajes, y así, proveer la plena aplicación y vigencia de las previsiones que en tal sentido fueron diseñadas por este Cuerpo a los fines de abordar el proceso de selección. Artículo 11.- DESIGNACIONES. La inscripción al presente concurso implica el pleno conocimiento y aceptación de las acordadas del Tribunal Superior de Justicia respecto a las condiciones de designación, traslado, prestación de servicio e ingreso a la Institución. El Tribunal o Fiscal General podrán, cuando exista necesidad fundada de ello, designarlo en un área diferente para la que rindió el/la postulante. En este caso, la no aceptación o falta de respuesta por parte del postulante convocado, no implicará exclusión del listado. La comunicación de la designación en calidad de contratado, suplente o interino, se realizará única y exclusivamente a la casilla de correo electrónico declarada y/o actualizada por el aspirante, siendo de su estricta responsabilidad mantener en condiciones la misma. El postulante deberá responder por el mismo medio en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la remisión del mensaje. En caso de que el aspirante no responda en tiempo y forma a la comunicación o no acepte la designación, no será designado y se lo excluirá del Orden de Mérito correspondiente. El aspirante no podrá diferir su designación. Una vez aceptada la designación, deberá presentar vía correo electrónico a la casilla que se asignará oportunamente para dicho trámite, la siguiente documentación: 

a) DNI, 

b) Apto Médico del Poder Judicial, 

c) Certificado de Antecedentes de la Policía Provincial (validez de 6 meses desde su emisión), 

d) Certificado de Antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia (validez de 6 meses desde su emisión), 

e) Constancia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley nº 8892) (validez de 2 meses desde su emisión), 

f) Partida de Nacimiento o Libreta de Familia legal de los padres (exhibir original), 

g) Título Universitario o si se encuentra cursando estudios, deberá presentar analítico de la universidad, 

h) En caso de contar con un trabajo público anterior el aspirante deberá tramitar el certificado de servicios (no aportes) correspondiente a dicha repartición, 

i) Constancia de CUIL, 

j) Acreditar la realización del Curso (CADE) de Orientación para ingresantes al Poder Judicial. Antes de producirse el alta del agente, deberá obtener la calificación de apto en el examen médico preocupacional extendida por las Oficinas de Salud Mental y Medicina Laboral, ambas dependientes de la Administración General del Poder Judicial, pudiendo el interesado realizar los estudios y exámenes ordenados por dicha dependencia en entidades médicas oficiales o privadas. Sólo en casos excepcionales podrá autorizarse la iniciación de tareas sin haber dado cumplimiento a estos requisitos, debiendo cumplimentarlos dentro del plazo de tres meses desde su ingreso. Será condición para lograr la efectividad en el cargo, que a partir de la fecha de designación y dentro del plazo de tres meses, establezca su radicación efectiva dentro del radio de la localidad para la que se postuló, o a una distancia de no más de sesenta (60) kilómetros, por camino pavimentado, la que deberá ser acreditada de forma fehaciente. De no concretarse la misma en los plazos establecidos, la designación quedará sin efecto. (Ac. Reglamentario 485 “A” de fecha 13/05/99). Cualquier gestión, tendiente a agilizarlo u obtener respuesta favorable, quedará equiparada a la situación prevista en el art. 12 de este acuerdo, y conllevará el rechazo automático de la petición. 

Artículo 12.- EXCLUSION. QUEDARÁN automáticamente excluidos del proceso de concurso: 

a) El aspirante que personalmente o por intermedio de terceras personas pretenda influir en su designación; 

b) Quien falsee los datos requeridos por declaración jurada; 

c) Quien asuma actitudes indecorosas o irrespetuosas en el proceso de selección; 

d) Quien incumpla las pautas establecidas para el desarrollo del examen. En este caso, el Tribunal Examinador o la persona responsable en representación de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones procederá a labrar un acta con las constancias del caso, la que deberá ser firmada por quien labre el acta, el concursante excluido, concursante testigo y los veedores, si hubiere. En todos estos casos, será inhabilitado a rendir los exámenes de otros concursos en los que estuviere inscripto, con la prohibición de presentarse al llamado de futuros concursos. 

Artículo 13.- VEEDORES. SE invita a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a proponer hasta diez (10) días previos a la fecha que se establezca para el examen, un veedor en el presente concurso, con las facultades para interiorizarse de su tramitación y desarrollo en todo lo que no sea secreto para los aspirantes y formular sugerencias, conforme la modalidad que establezca el Tribunal Examinador.

Artículo 14.- REGLAMENTACION. Para los casos no previstos en el presente, y en forma SUBSIDIARIA, serán de aplicación las normas estipuladas por los Acuerdos Reglamentarios Nros. 572 – Serie “A”, de fecha 08/11/00 y 1456 – Serie “A”, de fecha 28/11/2017. 

Artículo 15.- PUBLICIDAD. PUBLÍQUESE la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio que el Área de Recursos Humanos, el Departamento de Recursos Humanos de la Dirección General de Policía Judicial y los Delegados de la Administración General de las Sedes del Interior adopten las medidas adecuadas para la más amplia difusión del presente llamado a las instituciones educativas y entidades vinculadas con la especialidad requerida en el presente concurso. Comuníquese a los señores miembros del Tribunal Examinador y Comisión Colaboradora, a las Áreas involucradas y a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial. 

Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia y la asistencia del Señor Administrador General Poder Judicial. 

FDO.: DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE – AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI, VOCAL – SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA, VOCAL – LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL – JUAN MANUEL DELGADO, FISCAL GENERAL DE LA PROVINCIA – LUIS MARÍA SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR GENERAL

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 209 del 2 de noviembre de 2023.

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