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Suspenden ordenanza bahiense sobre antenas de telefonía móvil

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La Justicia Contencioso-administrativa federal concedió una medida cautelar a la prestataria Claro, revocando una decisión en contrario del tribunal de primera instancia que entendió en la materia.

La Cámara en lo Contencioso-administrativo Federal otorgó una cautelar en favor de la empresa Claro por la que se suspendió la aplicación de la ordenanza de la Municipalidad de Bahía Blanca que regula la instalación de antenas de telefonía celular.
El fallo favorable fue dictado por la Sala III de la Cámara en los autos “AMX Argentina SA c/ CNC y Otros”. El tribunal estuvo integrado por los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, quienes revocaron la decisión de primera instancia, la cual había rechazado la medida de no innovar peticionada.
La ordenanza objetaba “la instalación de estructuras soportes de antenas de telefonía celular a los fines de prevenir y controlar la generación de impactos ambientales y visuales negativos, estableciendo requisitos tecnológicos mínimos de cumplimiento obligatorio para las instalaciones, y la prohibición de otros en el área urbana”.

Claro presentó una queja ante la Comisión Nacional de Comunicaciones y fue a la Justicia para pedir que no se la intime a dar cumplimiento a las disposiciones de la norma, hasta tanto no se resuelva la queja ante la autoridad administrativa.
Los camaristas recordaron que ya habían otorgado una cautelar de la misma índole a la empresa Nextel, al entender que las cautelares en ese sentido son admisibles a efectos de suspender las intimaciones cursadas hasta tanto se expida la CNC, dado que este último es el organismo “encargado de aplicar, interpretar y hacer cumplir las leyes, decretos y demás normas reglamentarias en materia de telecomunicaciones, siendo quien debe homologar equipos y materiales de uso específico en esa materia, de conformidad con lo establecido en el decreto 1185/90 (arts. 6, inc. a y f); como así también autorizar el uso e instalación de los medios y sistemas satelitales para telecomunicaciones, asegurando la continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios de telefonía”.

El fallo refirió que en esos precedentes se destacó “que lo dispuesto por el art. 39 de la ley 19798, sobre la ‘previa’ autorización de los titulares de la jurisdicción territorial para la ubicación de las instalaciones a los fines de la prestación del servicio público, no podía ser considerado -en lo que se refería a las intimaciones cursadas- en oposición al art. 6 de esa misma ley que regula el servicio de telecomunicaciones”.
Sobre esa base, teniendo presente los antecedentes jurisprudenciales, particularmente “el relativo a la misma ordenanza municipal de autos, en el que se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la resolución Nº 11/14 de la Secretaría de Comunicaciones (sobre la regulación y control de las emisiones de radiaciones no ionizantes del servicio de interés público de telecomunicaciones inalámbricas de alcance interjurisdiccional)”, la Cámara tuvo por acreditada la verosimilitud del derecho invocada, sumada a que el peligro en la demora se observaba en “la situación que motivó la denuncia efectuada por ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, así como las intimaciones cursadas por el municipio”, se dictó la medida cautelar.

Sin embargo, ésta todavía no fue notificada a los demandados, por lo que Claro solicitó la habilitación de feria “a los meros efectos de permitir prestar contracautela y notificar la medida cautelar otorgada en autos contra la Municipalidad de Bahía Blanca y la Comisión Nacional de Comunicaciones”; sin embargo, los jueces opinaron que “el supuesto excepcional requerido para la habilitación de la feria judicial no se encuentra configurado”.
“Nótese, asimismo, que la intimación cursada a la actora el 14 de marzo de 2014, acompañada a fs. 138, no permite interpretar que el trámite de la causa pretendido por el presentante, tendiente a hacer efectiva la medida cautelar decretada, no pueda esperar la reanudación de la actividad judicial, el próximo mes de febrero”, se sostuvo.

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