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Skanska, el primer caso de corrupción del kirchnerismo, a un paso del juicio

Julio De Vido. El ex ministro de Planificación figura en el listado de acusados.
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La Justicia descartó violación a la garantía de ser juzgado en un plazo razonable. Resaltó la complejidad de la causa, que cuenta con 31 imputados, un expediente con 200 cuerpos, más de 200 cajas con variada documentación y 600 testimonios incorporados

En junio pasado, por mayoría, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la integración del Tribunal Oral Federal 4 de Comodoro Py, a cargo del juicio oral por el caso Skanska.

Generado en 2005, fue el primer escándalo por corrupción del que salpico al kirchnerismo.

En la pesquisa se investigó el pago de sobornos por parte de la empresa sueca, que habría justificado las erogaciones mediante facturas apócrifas con el objetivo de beneficiarse en las adjudicaciones de las obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur.

La Casación rechazó un planteo de la defensa del ex secretario de Obras Públicas José López para analizar la recusación de Jorge Gorini, uno de los magistrados que condenó al ex funcionario y a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en “Vialidad”.

El Tribunal Oral Federal 4 se completa con Guillermo Costabel y Marta López Iñiguez.

Hace horas, Casación ratificó la negativa a cerrar la causa por el paso del tiempo.

Además de López, entre otros, está acusado el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

También están en el banquillo los apoderados de una firma sospechada de formar parte de las maniobras de sobornos: Estela Insegna y Miguel Ángel Spital, de Spital Hermanos SRL -acusados por cohecho activo en calidad de partícipes necesarios-, quienes pidieron sin éxito que se extinga la acción.

Alegaron que se violó la garantía de ser juzgados en un plazo razonable, pero la Cámara resaltó la complejidad del caso, que cuenta con 31 imputados, un expediente con 200 cuerpos, más de 200 cajas con variada documentación y 600 testimonios incorporados a las actuaciones.

La Sala IV de la máxima instancia penal federal, compuesta por Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Angela Ledesma, por mayoría, validó lo resuelto por el tribunal a quo.

Consideró que ya se determinó que la defensa se limitó “a alegar de manera genérica la vulneración a la garantía a ser juzgado en un plazo razonable sin considerar la totalidad de los actos procesales que conformaron la causa, así como tampoco la complejidad de las actuaciones, ni explicó cómo se vio vulnerada la garantía en cuestión en el caso concreto”.

La mayoría, con votos de Carbajo y Borinsky, agregó que la defensa hizo una “reedición de agravios”.

En disidencia, Ledesma consideró que el recurso intentado era procedente porque se invocó “fundadamente la vulneración al derecho a ser juzgado en un plazo razonable”.

2010
En diciembre de 2010, el por entonces juez Norberto Oyarbide dictó decenas de procesamientos por cohecho y defraudación contra la administración pública.

Casi un año después se confirmaron algunos y también dictaron faltas de mérito.

El expediente estuvo virtualmente paralizado porque faltaba una prueba clave: audios que fueron excluidos, en los que se habla de las coimas.

En octubre de 2018, a pedido del fiscal Carlos Stornelli, la Sala I de la Cámara Federal porteña anuló la invalidez.

Los vocales Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi consideraron que la grabación de la conversación, registrada por un síndico de la empresa, en la cual el ex gerente Comercial Javier Azcárate admite que se abonaron sobornos a cambio de adjudicaciones de obras, es válida.

“Es un negocio de cien millones de dólares, de parte nuestra, más lo de ellos, 200 millones. ¿Y vos le vas a tirar el negocio abajo al tipo que hizo todo el tromping (sic) y al muchacho, al ‘pingüino’ de acá a dos cuadras?”, dijo el directivo.

En noviembre de 2011, la misma Sala de la Alzada, pero integrada por Eduardo Freiler, Eduardo Farah y Jorge Ballestero -el primero, destituido- dejó sin efecto la grabación, cerrando la chance de que el caso se investigara como cohecho.

No obstante, Bruglia, Llorens y Bertuzzi estimaron que el decisorio de sus antecesores se basó “en un vicio grave de fundamentación”, entre otros errores, y que la prueba validada en su momento por la Casación Penal era un factor trascendente para la corroboración de una de las principales sospechas que motorizaron la investigación.

De Vido
Al reclamar el procesamiento de De Vido, en junio de 2017, Stornelli alegó que “estaba al tanto de cada uno de los pormenores de las contrataciones en cuestión”.

Además, opinó que era “inimaginable” que el ex titular de Planificación Federal hubiera “simplemente delegado sus funciones, desentendiéndose -al menos bajo actitud negligente- de cuanto ocurriera en los procedimientos de contratación finalmente autorizados en su propia jurisdicción”.

Así, concluyó que tuvo un rol activo -y decisivo- en la suerte que corrieron sendas contrataciones.

Conversación
La conversación entre Azcárate y el auditor interno de Skanska, Claudio Corizzo, el otro protagonista de la charla, data de 2006, luego de que la sede de la empresa en Buenos Aires fue allanada por disposición del entonces juez Guillermo Montenegro, quien citó a indagatoria al ex titular del Enargas, Fulvio Madaro, y a Ulloa.

El ex magistrado Oyarbide intervino después y procesó a Corizzo y Azcárate junto al entonces secretario de Energía, Daniel Cameron.

Todos fueron sobreseídos, ya que en 2011, Freiler, Farah y Ballestero anularon la prueba alegando que no podía usarse porque se trató de una grabación clandestina en la cual el ejecutivo se autoincriminó. También descartaron las existencia de sobreprecios y coimas.

Invierno de 2005
En esa oportunidad, argumentaron que hubo una “decisión política” de hacer las obras frente a la crisis energética y la necesidad de suministro de gas en el invierno de 2005 y consideraron justificados los presupuestos que pasaron las contratistas (Skanska, TBU, Techint y Odebrecht), pese a que superaban los proyectados por las gerenciadoras.

“Aun con el desfase entre la inicial proyección de costos y el precio final, la irrazonabilidad predicada por Oyarbide es tan sólo producto de una argumentación circular y autoconfirmatoria”, plasmaron.

Concluyeron que el juez “construyó” la teoría de las coimas en un “plano especulativo”.

Si bien la escucha fue declarada nula, en diciembre de 2015 la Corte, a pedido de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) a cargo por ese entonces de Manuel Garrido, dispuso que se revisara la decisión.

Luego, Casación la declaró válida y confirmó la reapertura definitiva de la pesquisa.

La defensa del ex gerente Comercial de Skanska dijo que el diálogo telefónico fue fruto de un “engaño” y la calificó como una grabación “parajudicial”.

No obstante, la Casación aclaró que “las grabaciones, al igual que cualquier otra prueba producida por particulares, no pueden considerarse genéricamente ilegítimas o inadmisibles”.

En la misma dirección, indicó que la declaración no fue realizada de forma subrepticia y que, por ello, el contenido de las expresiones no se obtuvo de manera fraudulenta.

Cosa juzgada írrita
En diciembre pasado, con el caso reabierto por el concepto de “cosa juzgada írrita”, el juez federal Sebastián Casanello procesó al ex secretario de Energía Camerón por fraude al estado y cohecho pasivo y lo embargó en 400 millones de pesos

Casanello también proceso al ex titular del Enargas, Fulvio Madaro, por los mismos delitos y con el mismo embargo.

Idéntica medida tomó contra Hugo Daniel Muñoz, de Nación Fideicomisos, por fraude al Estado y con un embargo de 286 millones de pesos.

Ex funcionarios, empresarios y financistas quedaron procesados por roles menores en la maniobra y más de 30 fueron sobreseídos porque Skanska aceptó pagar la deuda impositiva que se le reclamaba.

Casanello sostuvo que “de acuerdo con el egreso que se acreditó de la firma Skanska, los sobornos habrían rondado los 14 millones de pesos” y que para encubrir las coimas hizo pagos por gastos ficticios a empresas fantasma.

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