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Siete sospechosos fueron imputados por linchar a Díaz

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De ser condenados podrán aspirar a una pena en suspenso. No obstante, diversos juristas sostienen que los linchamientos son homicidios agravados. La opinión de los especialistas en Comercio y Justicia.

El caso del supuesto ladrón que intentó robar a un joven en barrio Quebrada de las Rosas con un arma de juguete derivó ayer en la imputación de siete sujetos que fueron identificados como algunos de quienes participaron en el hecho que derivó posteriormente en la muerte del joven José Luis Díaz.
La figura legal que impuso el fiscal  Rubén Caro, a cargo de manera provisoria de la Fiscalía de Distrito 4, Turno 3, fue la de “homicidio en agresión”, a tenor del artículo 95 del Código Penal (CP), que prevé penas de entre dos y seis años de cárcel.
La identificación de los vecinos fue difícil y se prevé que pueda haber nuevas imputaciones, según trascendió en la propia Fiscalía.

El caso del Díaz tuvo repercusión nacional y causó conmoción en la población, que se divide entre los que “justifican” la justicia por “mano propia” y quienes condenan lo ocurrido. Mientras tanto, ahora el debate se centrará en la responsabilidad penal que le corresponde a los autores de la muerte del joven ladrón.
El  CP no prevé -particularmente- una figura especial para los casos de linchamientos que terminan en la muerte de una persona. De allí que aparezca un abanico de posibilidades que dependerá de la prueba que pueda colectar el fiscal.

Agravantes
La calificación legal que escogió Caro para el caso Díaz es la más “benigna” en lo que a homicidio se refiere, al punto de admitir penas en suspenso. Sin embargo, hay quienes sostienen que los linchamientos son homicidios en los que se puede aplicar agravantes.
Así lo sostiene, por ejemplo, el profesor de Derecho Penal Justo Laje Anaya, quien escribió en Comercio y Justicia  hace pocos días que en los linchamientos “el homicidio es ejecutado por una pluralidad de agentes, la ejecución es alevosa y hay ensañamiento, toda vez que los autores del linchamiento  desean que la víctima experimente sufrimientos innecesarios; quieren que perciba la cercanía de la muerte, o que está muy próxima”.
María Lourdes Compagnucci, miembro del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), compartió la apreciación de Laje Anaya, aunque advirtió de que la calificación legal siempre dependerá del material probatorio que pueda colectar el fiscal. Compagnucci aseguró que en este tipo de casos no resulta fácil probar quién fue el autor del homicidio y si hubo ensañamiento o alevosía. En ese marco es que muchas veces se utiliza para este tipo de hechos la calificación de homicidio en agresión, explicó. No obstante, se encargó de aclarar que la calificación legal puede ser modificada en cualquier instancia del proceso. “Esto es un principio de imputación”, subrayó.

A  su turno, también consultado por este medio, el fiscal federal y profesor de la Universidad Católica, Maximiliano Hairabedian, aseguró que las calificaciones legales que pueden caber en estos hechos “son amplias y dependerá de las particularidades del caso”.
En la misma sintonía de sus colegas aseguró que la calificación de homicidio en agresión “podrá agravarse  si se logra dilucidar quién fue el autor que provocó la muerte” de Díaz y demostrar que hubo alevosía y ensañamiento.

Otro linchamiento con imputaciones

En el caso del linchamiento ocurrido en barrio General Bustos, el fiscal Carlos Matheu imputó a cuatro vecinos por el delito de lesiones leves en agresión. Se trata del hecho que sufrió un presunto ladrón el jueves 25 por la tarde en inmediaciones del colegio Hortus Conclusus.
Allí, un sujeto de 23 años intentó robarle el teléfono celular a una estudiante a la salida del establecimiento, pero no lo logró. La situación fue advertida por un grupo de vecinos y comerciantes que salieron en persecución del sujeto, lo alcanzaron y lo tomaron a golpes de puños y patadas, hasta que finalmente intervino la policía.

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