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Segundo rechazo a Jonathan Fabbro; deberá permanecer en la cárcel

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Jonathan Fabbro, condenado a 14 años de prisión por el Tribunal Oral 12 por abuso sexual gravemente ultrajante en concurso ideal con la corrupción de una niña de 13 años de edad, pidió nuevamente la prisión domiciliaria, sin éxito.

A principios de abril, la defensa del exjugador de fútbol, actualmente alojado en el penal bonaerense Marcos Paz, pidió que su asistido saliera de la cárcel por presunto riesgo de contagio de coronavirus.

Los jueces Luis Márquez, Darío Medina y Claudia Moscato, quienes responsabilizaron a Fabbro por agredir sexualmente a su sobrina, le negaron el beneficio y argumentaron que las medidas sanitarias que implementó el Servicio Penitenciario Federal (SPF) son suficientes para que el virus no ingrese a la cárcel. También recordaron que el condenado no integra el grupo de riesgo y enfatizaron que está cumpliendo una pena por un delito gravísimo.

El abogado de Fabbro, Federico Albano, insistió ante la Cámara de Casación Penal bonarenese, que rechazó su argumento, según el cual el virus circula “en el aire”, y ratificó la decisión del inferior.

“El recurso interpuesto es inadmisible por falta de fundamentación, en tanto el impugnante no se ha hecho cargo de refutar todos y cada uno de los argumentos contenidos en la resolución puesta en crisis. En tal sentido, la defensa se ha limitado a realizar alegaciones genéricas sin demostrar un caso de errónea aplicación de las normas que rigen la libertad durante el proceso, o un supuesto de arbitrariedad”, afirmaron.

“La mera invocación del estado de inocencia del que goza el imputado, o de circunstancias vinculadas a la emergencia carcelaria o de la pandemia generada por el Covid-19 resultan suficientes para refutar los variados argumentos del tribunal en punto a que no se demuestra que se satisfagan en el caso las condiciones para hacer lugar a la pretensión de la defensa”, concluyeron.

Los jueces que responsabilizaron al exdeportista por agredir sexualmente a su sobrina le negaron el beneficio argumentando que las medidas sanitarias que implementó el SPF son suficientes para que el virus no entre a la cárcel. También recordaron que no integra el grupo de riesgo y enfatizaron que está cumpliendo una condena por un delito gravísimo.

 

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