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Médica residente no tenía relación de dependencia con la clínica demandada

AGRAVIOS. El fallo concluyó que los conceptos expresados por los letrados, agraviaron lesivamente al médico.
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Según determinó el juez en su decisión, la residencia de la accionante en el nosocomio accionado se desarrolló dentro de los parámetros regulares que rigen para ese tipo de actividad profesional

La Sala 5ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba rechazó completamente la demanda presentada por una médica, por la cual pretendía ser resarcida con aplicación de la ley laboral.
El tribunal concluyó que no hubo relación laboral entre la accionante y la demandada Ciprem SRL (Sanatorio Francés), al dar por acreditado que la galena desarrolló su profesión dentro del marco regulado para los residentes, en este caso en pediatría, sin que exista exceso o abuso de sus tareas.

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