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Los padres de Ludmila fueron condenados a prisión perpetua

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El TSJ entendió que la  perpetua no es inconstitucional. Recordó que no es una sanción de por vida y que tras 35 años de cárcel ambos podrán recuperar la libertad .

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) extendió a prisión perpetua la condena impuesta a los padres de la beba Ludmila Bachetti, quienes habían recibido una pena de 18 años de cárcel en un juicio con jurados populares que llevó adelante la Cámara 11ª del Crimen.

Por unanimidad, el Alto Cuerpo hizo así lugar a un recurso presentado por el fiscal de Cámara Diego Albornoz, que se opuso a la declaración de inconstitucional del artículo 80, primer párrafo, del Código Penal planteado por la Cámara.

En sus fundamentos, el TSJ remarcó que en este caso particular el castigo a perpetua no es “desproporcionado” ni tampoco “irrazonable” y que tampoco implica una “sanción de por vida”.

Así, el Alto Cuerpo recordó que el régimen carcelario argentino autoriza a que cualquier condenado pueda obtener la libertad condicional una vez cumplido los 35 años de prisión y acceder a las salidas transitorias y régimenes de semilibertad a partir de los 15 años de cárcel.

Al mismo tiempo, los jueces subrayaron la gravedad de los hechos juzgados: la muerte de una beba de cuatro meses de vida que carecía de toda posibilidad de defenderse y padres que  quisieron ocultar lo que había sucedido.

Responsabilidad compartida

El Alto Cuerpo también rechazó los recursos de casación planteados por los abogados defensores de los padres de la niña. El TSJ consideró que si bien se había determinado que en la muerte de la pequeña intervino de forma decisiva la madre, «no habría podido seguir adelante» si Bachetti hubiera desarrollado comportamientos de protección hacia Ludmila.

En efecto, el Alto Cuerpo reiteró que en este tipo de casos de violencia doméstica, cuando logra acreditarse de manera incontrovertible que los malos tratos se produjeron en el ámbito intrafamiliar, tanto el autor activo de las agresiones como el coautor o cómplice por omisión tienen responsabilidades penales equivalentes.

“Repárese en que se trató de acometimientos sucesivos y de gravedad progresiva, producidos en un entorno familiar extremadamente cerrado, en tanto sólo los imputados estaban al cuidado de la bebé. Estas lesiones eran dolorosas, lo que llevó a que la pequeña desarrollara un estado de llanto intenso. Sumado a todo esto, las sospechas de maltrato fueron expuestas abiertamente a los imputados por los profesionales del ámbito de la salud», indicó el TSJ.

El caso

Ludmila murió por un fuerte golpe en la cabeza, el cual le causó una doble fractura de cráneo y hemorragias cerebrales de las que no pudo sobreponerse. Ese golpe fue una de las varias lesiones traumáticas que tuvo la beba en sus cuatro meses y medio de vida y por las cuales la revisaron numerosos médicos y profesionales en múltiples idas al Hospital Italiano.

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