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La reparación integral no se aplica en lavado de activos provenientes de crímenes de lesa humanidad

DECISIÓN. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó la decisión adoptada por el Juzgado Federal de Dolores.
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La causa tiene como imputados a cuatro familiares de uno de los miembros de la banda paramilitar de Aníbal Gordon. El tribunal tuvo en cuenta que no se trata de un delito patrimonial que afectó a una persona en forma individual. Se recordó los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó la decisión adoptada por el Juzgado Federal de Dolores, que había decidido habilitar la reparación integral y declarar extinta la acción penal conforme lo previsto por el artículo 59 inciso 6 del Código Penal, pese a la expresa oposición del Ministerio Público Fiscal y de la querella.

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