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Incompetencia territorial del juez federal de Bell Ville

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La Cámara Federal de Córdoba declaró la incompetencia territorial del juez federal de Bell Ville y revocó una medida cautelar que ordenaba a la AFIP disponer la inclusión de la accionante en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas como acopiador y corredor, tras surgir de las constancias que, “con relación a la actora, aquel ha mutado sin que se hubiere formulado la correspondiente denuncia y sin que ello pueda soslayar la validez de las actuaciones cumplidas, ya que deviene indispensable la actualización del domicilio fiscal de acuerdo a los alcances y efectos otorgados por la ley de procedimiento tributario al domicilio denunciado, tanto en ámbitos administrativos como judiciales”.

Remisión

En ese sentido, el fallo ordenó la remisión de “Politano Cereales SA c/ Administración Federal de Ingresos Públicos – acción declarativa” al Juzgado Federal de la ciudad de Santa Fe, que por turno corresponda, para que continúe con el estudio y análisis de la cuestión suscitada “en virtud que tanto las actuaciones, como la resolución que dispuso excluir a Politano SA del registro de operadores de granos fueron cumplidas bajo la jurisdicción del domicilio fiscal de la actora, al tiempo de llevarse a cabo aquellas, todo lo cual se condice con las conclusiones del Fiscal General con relación al domicilio de la parte actora como presupuesto de la competencia territorial “ del tribunal litoraleño.

Naturaleza

Por último y “no advirtiéndose de la naturaleza de la pretensión la existencia de una urgencia o peligro inminente que torne imperioso pronunciarse acerca de la procedencia de la medida cautelar dictada en autos, en atención a la declaración de incompetencia que se propugna deviene inoficioso un pronunciamiento sobre el particular como así también acerca de la habilitación de instancia”, expresaron los jueces Abel Guillermo Sánchez Torres –autor del voto-, Ignacio María Vélez Funes, y Luis Roberto Rueda.

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