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Es abstracta la habilitación de un complejo en un predio que está en proceso de expropiación

ESCENARIO. La empresa Aerosilla no pudo conseguir la aprobación del salón de fiesta y eventos que demandaba del municipio de Villa Carlos Paz.
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Aerosilla reclamaba la aprobación del trámite por parte de la Municipalidad de Carlos Paz pero el tribunal lo desestimó al estar en marcha el tratamiento confiscatorio del inmueble en litigio

Al considerar que -a raíz del pedido de revocación de los actos administrativos que le denegaron la habilitación comercial para la explotación de un salón de fiestas y eventos a Aerosilla SAIC- la demandada Municipalidad de Carlos Paz sancionó una ordenanza que declaró de utilidad pública sujeta a expropiación el predio donde la empresa planeaba realizar aquel emprendimiento, la Cámara 1ª Contencioso-administrativa de Córdoba declaró no justiciable al devenir en abstracta la cuestión, por ya encontrarse en marcha el proceso confiscatorio del lugar, e impuso las costas por el orden causado.

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