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El tribunal no puede suplir las precisiones que no aportan las partes en juicio

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Una coheredera demandaba ser resarcida por sus pares, quienes usan en forma exclusiva los bienes raíces. Sin embargo, no aportó los datos necesarios como para que el tribunal resuelva el planteo

La Cámara 1ª Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia que difirió la fijación de la compensación económica por uso exclusivo de un inmueble por parte del resto de los coherederos para cuando existan los elementos necesarios para fijar un monto pecuniario.
En el caso, una coheredera promovió incidente en contra de los otros coherederos declarados, persiguiendo la fijación de un precio, en forma proporcional a su interés en la sucesión, en concepto de canon locativo y de compensación por el uso exclusivo que éstos últimos efectuaban sobre un inmueble del causante.

El juez de primera instancia acogió el incidente, pero difirió para la etapa de ejecución de sentencia la demostración y determinación de la compensación económica pretendida. Esto último agravió a la coheredera incidentista.
Ante la apelación de la demandante, el tribunal integrado por los vocales Guillermo Pedro Bernardo Tinti, Julio César Sánchez Torres y Leonardo González Zamar, señaló que la pretensión principal de la incidentista coheredera Amalia Esther Muller era: a) que se fijara el precio en concepto de determinación de alquileres y b) compensación pecuniaria; arrendamiento que solicitaba por un porcentual respecto al proporcional que le correspondía sobre dos lotes de terrenos en el que fueron edificados dos locales comerciales y dos departamentos, los que eran utilizados en forma exclusiva por los coherederos Blanca Solano de Muller, Patricia del Carmen Muller y Ariel Fernando Muller.

Frente a ello, la alzada relató que de la demanda incidental surgía que la incidentista solamente precisó el monto mensual de su reclamo en la cantidad de $1.166.20 en función del canon locativo que propuso ($7.000) en función de su porción hereditaria. Pero no especificó desde cuándo exigía esa compensación, no cuantificó la cantidad reclamada por cada coheredero demandado a la fecha de la promoción del incidente y tampoco reclamó los intereses por mora.
En tal sentido, en la decisión se precisó que resultaba necesario que en el escrito inicial delimitara “con precisión” los aspectos cuantitativos y cualitativos el bien reclamado en pos de garantizar el derecho de defensa. “No puede perder de vista que los déficit señalados no podían ser completados por el tribunal a-quo a partir de los datos que surgirían del pretérito incidente que promoviera Amalia Esther Muller”, se destacó.
En función de lo expuesto, en el fallo se resolvió que los agravios vertidos por la apelante sobre la pretensión principal debían rechazarse.

Autos: “Muller, Agustín – Declaratoria de herederos – Incidente de determinación de alquileres (Expte. nro. 5750498)” [/privado]

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