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Cayó orden de devolver dinero secuestrado en investigación por narcotráfico

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Al registrar un automóvil se hallaron US$41.400. Los uniformados también le encontraron marihuana y elementos para su comercialización al hombre que iba a bordo. La persona que reclamó y obtuvo la restitución dijo ser su empleador

En línea con lo reclamado por el Ministerio Público Fiscal (MPF), la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán revocó el fallo del Juzgado Número 2 de la jurisdicción que dispuso la entrega de US$41.400 a un hombre que pedía su restitución, luego de que le fueron incautados a un supuesto empleado suyo durante un procedimiento por narcotráfico.

En junio de 2021, en San Miguel de Tucumán, personal de la Policía de la Provincia advirtió de la presencia de un automóvil Toyota Etios, en cuyo interior había dos hombres, y de un Chevrolet Onix, que obstaculizaban el tránsito. Cuando se acercaron al primero, su conductor lanzó al asiento trasero un bulto negro y destruyó dos teléfonos celulares que traía consigo, mientras que su acompañante -que sería el conductor del otro vehículo- trató de huir.

Luego de ver la documentación, los efectivos verificaron que el rodado registraba un pedido de secuestro, dispuesto por la Justicia de Córdoba, desde enero de ese año.

La policía registró el Toyota y secuestró, entre otras cosas, una bolsa de plástico negro que en su interior tenía otra bolsa transparente con 622,23 gramos de una sustancia vegetal, un envoltorio con material compactado con un peso de 15,26 gramos, un morral que en su interior tenía US$41.400 y $71.450, una balanza, una billetera con $9.760 pesos bolivianos y un papel amarillo -a nombre del conductor- con la leyenda “libertad condicional”.

Por otra parte, dentro del Chevrolet se incautaron $2.200, tres celulares y una bolsa con documentación a nombre del acompañante del Toyota.

Ambos sujetos quedaron detenidos y en julio de 2021 el juez dispuso su procesamiento con prisión preventiva como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

A pesar de los recursos de la defensa, el decisorio fue confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones tucumana el 15 de noviembre de ese año y la fiscalía requirió la elevación a juicio.

Durante la investigación, se presentó un hombre que dijo ser el empleador del conductor del Toyota y propietario del dinero incautado, en virtud de lo cual solicitó su reintegro. Acompañó un recibo de una operación inmobiliaria concretada seis años antes del hecho.

En reiteradas ocasiones y a instancias de la fiscalía, el juez Fernando Poviña rechazó el pedido, al igual que lo hizo con la solicitud de restitución del Chevrolet, por tratarse de un elemento utilizado para la comisión del presunto ilícito investigado.

Sin embargo, en mayo pasado, el magistrado hizo lugar a la restitución de los 41.400 dólares por entender que la cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada no se condecía con los montos de dinero incautados, y denegó la entrega del dinero en moneda nacional y boliviana, dado que no justificó el origen de esos montos.

La resolución fue recurrida por la fiscalía y mantenida en la instancia por el fiscal General Antonio Gustavo Gómez.

En su presentación, Gómez indicó que la decisión carecía de fundamento y estimó que evidenciaba “una muestra prístina de subjetividad” al ordenar la restitución de los dólares.

En esa dirección, resaltó que en el expediente no había elementos objetivos que indicaran contundentemente que el supuesto empleador del encartado era “el legítimo propietario de la moneda en cuestión”.

Si bien uno de los imputados refirió ser dependiente del reclamante y que el dinero incautado le pertenecía, el representante del Ministerio Público enfatizó que en la pesquisa no había ninguna prueba que acreditara la relación laboral.

“El juez federal dispuso devolver U$S41.400 montado sobre los dichos del imputado, a una persona sobre la que se desconocen datos y/o indicadores del volumen de la actividad comercial que desarrollaría”, indicó al respecto Gómez.

Agregó que las declaraciones testimoniales del supuesto patrón “distan de ser precisas” y que “redundan en contradicciones”, ya que en un primer momento dijo que el total de dólares era producto de una herencia y luego que era parte de una herencia y parte de su actividad laboral.

“Estamos ante una investigación por comercialización de estupefacientes y el dinero incautado está relacionado directamente con la inconducta investigada; sin embargo, haciendo caso omiso a las normas de rito, se ordenó la entrega del dinero sin fundamento”, puntualizó Gómez.

La alzada hizo lugar al recurso porque consideró que no se acreditó que el peticionante fuera “un tercero propietario de los dólares secuestrados”.

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