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Banco debe indemnizar con daño moral y punitivo por cobrar una deuda ya cancelada

ESCENARIO. El tribunal condenó el destrato que el banco tuvo para con el demandante.
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Aun cuando reconoció por escrito que el accionante había cumplido con su obligación de pagar, le siguió reteniendo fondos con embargos sobre sus haberes, obligándolo a recurrir a la justicia para solucionarlo

La Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la restitución de fondos embargados al accionante y condenó al Banco Columbia SA a pagar daño moral y punitivo por el trato indigno brindado al consumidor.

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