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Un póster litigioso

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Por Luis R. Carranza Torres

La foto de la sonriente Farrah Fawcett con una malla enteriza fue tomada por el fotógrafo estadounidense Bruce McBroom en 1976 por encargo de la compañía de carteles Pro Arts, que la publicó como póster ese año. 

No se trató de una primera toma. McBroom, quien era más cercano al esposo de Farrah, Lee Majors, el célebre actor de la serie El hombre nuclear, la convenció de posar en traje de baño tras descartar otros vestuarios. Fue también una producción bastante “casera”, como se diría en ciertos círculos de la época. Se tomó con una cámara Nikon en los alrededores de la casa de Lee, en Mulholland Drive. La malla enteriza era de la propia fotografiada, quien por entonces sólo había aparecido en un par de comerciales de champú. Farrah también se había peinado y maquillado ella misma. Y el fondo de colores que aparece en la foto es un sarape mexicano que servía de funda para el asiento de la camioneta de Bruce.

Por fortuna, no es raro que el genio y la creatividad derroten a la billetera en cuestiones del arte. Con más de 12 millones de copias vendidas, se lo considera el póster más vendido hasta la fecha en Estados Unidos, siendo un ícono cultural de finales de la década de 1970. El éxito de Farrah en la serie Los ángeles de Charlie, ese mismo año, ayudó en eso.

Apareció como imagen en películas como Fiebre del sábado por la noche, de 1977, en Boogie Nights también conocida como Juegos de Placer, de 1997, y hasta tuvo su propia Barbie en 2011. Actualmente el traje de baño se exhibe en el Instituto Smithsoniano.

En enero de 1979, Cynthia Gorney entrevistó al fotógrafo y fundador de Pro Arts Ted Trikilis para su artículo “King of the posters”, publicado en el diario The Washington Post. Allí explicaba el porqué del auge de los pósters en tal época: «Todo el mundo, tarde o temprano, compra un póster, sólo porque hemos pasado de una sociedad de lectura a una sociedad de gráficos, nuestros pensamientos se están volviendo mucho más rápidos. Ya no tenemos tiempo para leer libros». Cierto, para bien o mal. 

Su precio de mercado inicial fue de dos dólares y medio ó 1,67 con descuento. Vendió seis millones de copias solo el primer año. Pero también debieron lidiar con “los piratas de carteles”, que imprimían sus propias versiones con copias de Pro Arts, actividad con la que lidió Gregory Happ, el abogado de Pro Arts.

Es interesante mencionar que algunos de esos procesos se extendieron incluso fuera de los propios Estados Unidos. Entre ellos, “Pro Arts, Inc. v. Campus Craft Holdings Ltd.”, en la vecina Canadá. 

Margaret Ferguson analizó dicho litigio en la sección Law in action, de Resource News del año 1981. En tal pleito Pro Arts demandó a Campus Craft Holdings, empresa situada en Alberta que había vendido casi cien mil copias sin autorización. Ganaron la demanda en el Tribunal Superior de Justicia de Ontario, que le impuso a la demandada pagar más de 270 mil dólares canadienses. Fue apelada pero el recurso se retiró luego de oblar a Pro Arts una cantidad inferior a la sentenciada. La cosa se saldó, dólar más o menos, por el precio de mercado de los pósters involucrados en la litis. 

Pero no todos los fallos fueron favorables y eso está relacionado con el propio éxito del póster como ícono cultural representativo de la época. Pro Arts perdió una demanda contra Hustler, cuando esa revista publicó un anuncio que mostraba el cartel de Fawcett de fondo. La Corte de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos decidió que ese uso era un fair use (uso justo), ya que el tamaño del cartel era pequeño en comparación con el tamaño del anuncio. 

Tal concepto se halla legislado en Estado Unidos en la Section 107 de la US Copyright Act como una de las Limitations on exclusive rights, permitiéndose el uso de las obras protegidas, de modo limitado y sin requerir previa autorización del dueño de los derechos, incluso incluyéndolas en otras, cuando concurre una finalidad de crítica, comentario, presentación de noticias, enseñanza o investigación. 

Además, el tribunal entendió que el uso del anuncio no tuvo ningún efecto negativo en el mercado ni en el valor del cartel, aplicando asimismo la regla de minimis al rechazar la acción.

Como explica Ingrid Soraya Ortiz Baquero en su artículo “La regla de minimis en el ámbito de los acuerdos restrictivos de la libre competencia”, publicado en la Revista E-mercatoria, editada por la Universidad Externado de Colombia, en virtud de tal parámetro jurídico de apreciación, “sólo las conductas que afectan la competencia de forma significativa o sensible se encuentran comprendidas dentro del ámbito de la prohibición y, por lo tanto, deben ser sancionadas. Contrario sensu, aquellas que no restringen la competencia de manera significativa, no caen dentro del ámbito de la norma”.

Lee Brenner y Allison Rohrer, analizaron junto a otros pleitos el caso en 2006 en la publicación especializada Communications Lawyer. Bajo el título de The de minimis doctrine: how much copying is too much? se interrogaban respecto a cuál era el umbral de significación para que se configurara una infracción a los derechos emergentes del Copyright, advirtiendo asimismo que la regla era aplicada en esa época “a nuevos materiales creativos como la televisión, películas, anuncios publicitarios y composiciones musicales”. De lo que hablaban en realidad es que el derecho estaba ya lidiando con los inicios de la multimedia.       

Es claro que el póster de Farrah, más allá de su impacto comercial y hasta cultural, o precisamente por ellos, convocó al derecho para más de un debate. 

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