viernes 10, mayo 2024
El tiempo - Tutiempo.net
viernes 10, mayo 2024

Preocupa condena por evasión

ESCUCHAR

A pesar de haber regularizado la totalidad de su deuda impositiva, la Justicia porteña condenó por evasión a una firma que había ingresado en un plan de pago para regularizar deudas con el Fisco, situación que ha causado alarma en la comunidad empresaria
Un reciente fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata determinó que una empresa debe cancelar la deuda impositiva en su totalidad para que la acción penal por evasión no sea procedente, sin considerar el hecho de que ya haya comenzado a efectuar los respectivos pagos parciales.
Expertos en tributación advirtieron que la normativa vigente permite fallar en ese sentido, pero que las normas deberían ser adaptadas.

El problema enciende una luz de alarma entre las compañías que, a pesar de expresar su voluntad de regularización y comprometerse a cancelar el monto total adeudado, pueden verse en esta situación que ya es un pedido más que claro de adecuar la Ley Penal Tributaria.
De esta forma, la Justicia avala las avanzadas del Fisco nacional, que en varias oportunidades fueron calificadas como excesivas por parte de los especialistas.
Enrique Scalone, vicepresidente 1° de la International Fiscal Association (IFA) destacó esta herramienta legal como uno de los principales problemas. “Si bien el fallo tiene lógica jurídica, se basa en una norma -más precisamente en el artículo 16 de la Ley Penal Tributaria- que debería ser adaptada para contemplar situaciones como la presente”, destacó el tributarista.

El especialista añadió que la norma referida “dice que la acción penal se extinguirá cuando el contribuyente regularice la deuda impositiva en forma incondicional y total antes de que el Fisco requiera la elevación a juicio penal”.
En cuanto a la decisión de los magistrados, Scalone subrayó: “La Cámara ha aplicado esta norma interpretando que el mero acogimiento a un plan de facilidades de pago no implica la extinción de la obligación que exige la norma citada”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?