La cámara entendió que el conductor embestido iba por la derecha, por lo cual contaba con la prioridad de paso en la intersección, la cual no fue exceptuada al no acreditarse que el autobomba se dirigiera a una emergencia usando las señales sonoras pertinentes
Al valorar que de la prueba no surgió que el camión de bomberos que se dirigía a una emergencia haya circulado con las señales sonoras pertinentes, para así generar la excepción de la prioridad de paso de quien circula por la derecha, la Cámara 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba admitió la apelación y condenó a quien conducía el autobomba y al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba a indemnizar al accionante por el daño a su vehículo y un monto compensatorio por la privación del uso del mismo atento a las roturas producidas.
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