La jueza laboral interviniente entendió que ni la actividad del hospital demandado ni la tarea realizada por el accionante estaban alcanzadas por la normativa que regula la actividad de quienes operan con productos mercantiles o industriales El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Pedro Sánchez no ha muerto
Para el autor, el discurso del presidente del gobierno español se basa en victimizarse y en negar la legitimidad democrática a sus...