El fallo observó que la conducta de la firma demandada configuró el supuesto de la sanción establecida en el derecho del consumidor El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.
Argentina no se vende, se defiende
Vivimos una inmunodeficiencia institucional, ante un Gobierno nacional que actúa como un violador serial de la Constitución Nacional. Resulta apremiante reaccionar ante...