El TSJ cordobés ratificó no haber encontrado vicio en el argumento del juez de la instancia anterior respecto de las sanciones en contra del trabajador. Paralelamente, hizo lugar a las diferencias reclamadas El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.
La relación de dependencia como puerta de entrada al esquema protectorio laboral y su necesidad de reforma
Por Lucas J. Battiston (*) En un muy interesante fallo dictado por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del...