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El debate de la codificación

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La mayor polémica jurídica del país en el siglo XIX: en posturas antagónicas, dos “pesos pesados” del derecho, Alberdi y Vélez Sársfield, se dijeron de todo.

Por Luis R. Carranza Torres

Se trataba de los dos mayores cerebros jurídicos de la Argentina del siglo XIX: Juan Bautista Alberdi, inspirador de la Constitución Nacional, y Dalmacio Vélez Sársfield, redactor del proyecto de Código Civil. Ambos se habían formado en la misma facultad de Derecho, la de nuestra universidad de Córdoba. Pero no podían, a pesar del tronco formativo común, pensar de manera más diferente.

La diferencia se hacía incluso más paradójica, si se advierte que ambos coincidían en los valores de base que debía ofrecer el derecho: libertad, igualdad, prosperidad, primacía de la voluntad del individuo sobre el poder del Estado. Otra de sus semejanzas consistía en el prisma a través del cual ambos visualizaban la norma civil. Tanto Vélez Sársfield como Alberdi tenían un corte economicista de los actos de la vida jurídica. Ergo, el Código Civil era fundamentalmente la regulación de la patrimonialidad de las personas.

El nudo del debate consistió en si la legislación debe codificarse y hasta qué punto.

También, si los códigos pueden frustrar los derechos constitucionales y ser un dique para el desarrollo del derecho común. Como puede verse, no resultan temas menores y mantienen su vigencia hasta nuestros días. Pero lo que empezó siendo un debate jurídico terminó, como pasa frecuentemente entre nosotros, en un enfrentamiento personal. Fue, por tanto, no sólo una de las polémicas jurídicas centrales de nuestra historia sino también una disputa marcadamente argentina, tanto en la virtud como en el exceso.

Como suele pasar, se inició de manera impensada. En octubre de 1866, Vélez Sársfield le envió a Alberdi un ejemplar del primer y segundo libro de su proyecto de Código Civil. No fue el mejor momento y luego le faltaría tiempo para arrepentirse del gesto. La guerra del Paraguay estaba en su apogeo, y tanto uno como otro militaban en bandos opuestos. Vélez Sársfield era partidario de ella y el padre de la Constitución Nacional se le oponía con firmeza.

Cuando Alberdi reparó en que su colega utilizaba como referencia principal de su norma al anteproyecto de Código Civil para el Imperio del Brasil, el Esboço, de Augusto Teixeira de Freitas, no le gustó en absoluto. Y no se privó de decirlo, aun a costa de no retribuir con ninguna cordialidad un gesto que era, en primer término, un reconocimiento a su estatura en el derecho. «Yo debo el ejemplar que tengo del Proyecto de Código Civil para la República Argentina a un galante origen, un regalo de su eminente autor, mi antiguo amigo. Esta circunstancia debería bastarme para abstenerme de hacer SU crítica, si se tratase de criticar un mero trabajo literario. Pero ante una obra destinada a convertirse en Constitución civil de mi país, mi abstención no tendría sentido a los ojos de los que me han visto pasar lo más de mi vida ocupado en estudiar las bases de su organización nacional», dijo. Y acto seguido, lo descalificó sin miramientos. Lo que escribía Vélez Sársfield para él no era otra cosa que “vender” el derecho argentino a los brasileños. Bastardear una Constitución republicana como la nuestra, moldeando el derecho de todos los días como si fuéramos una sociedad imperial, estamental, unitaria y esclavista. “Los códigos son las mejores máquinas de conquista. Napoleón llevaba en su uso entre los armones de sus cañones… no teniendo un Código Civil pronto y listo, el Brasil ha mandado a Buenos Aires lo que tiene: una introducción poquísima del señor Freitas… que ha comenzado por conquistar al Dr. Vélez”.

Eso en lo jurídico; yendo al terreno de lo personal, no se privó de decir que los códigos en esta parte del mundo “son hijos más bien de la vanidad que de la necesidad… son el testamento de un abogado, o el monumento de la vanidad de un Presidente”.
Obviamente, tales palabras no podían ser obviadas por su destinatario. Y no lo hizo. A más de la descalificación en lo jurídico, Vélez Sársfield se sintió herido en lo personal. Lo de “antiguo amigo” pasó entre ellos, directamente a señalar una amistad concluida.

El cordobés codificador usó en su respuesta, el mismo tono con el que fue atacado: “El doctor Alberdi no da al método importancia en la legislación, lo cual es muy conforme a todo lo demás que escribe sobre códigos… Más de un abogado se le ha de reír en su cara al oírle hablar de derechos democráticos, de códigos de libertad, expresiones que están usadas en su folleto”. Y, luego de reseñar los antecedentes, desde Justiniano a Napoleón que ha usado en su proyecto, expresa: “Ni en Roma ni en Constantinopla ni en París, los profesores de la ciencia jamás oyeron que hubiese algún tratado de obligaciones democráticas, de contrato democrático, de códigos democráticos o de códigos de libertad”. Y termina, como en su momento hizo Alberdi con él, en la descalificación personal: “El doctor Alberdi ha escrito sobre mi proyecto de código, por sólo la manía con que nació, de escribir folletos.”

A partir de allí, todo mal entre ellos. De la crítica a las ideas, se pasó al ataque a las personas. Una especialidad nacional, a la que no escaparon dos grandes juristas. Es de la argentinidad sanguínea y descalificadora, que lamentablemente acarreamos hasta el presente.

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