Por Alejandro Zeverín (*)
Resultan noticias reiteradas lo que se ha instalado en la opinión pública sobre que la inseguridad tiene remedio en la actuación de la Gendarmería Nacional. Y esto es una falacia.
Se desató una competencia entre intendentes, en todo el país, para solicitar la presencia de esa fuerza y su actuación, aludiendo incompetencia de las respectivas policías provinciales.
Córdoba no ha sido la excepción y últimamente hemos sido anoticiados de hechos de estas características. Intendentes de Villa Allende, Malagueño y otras ciudades acudieron a esa supuesta cura del mal que nos aqueja a todos: la inseguridad.
También conocimos que las autoridades de la Provincia, en definitiva, convalidaron la actuación de la fuerza pública nacional como un principio de solución, fundamentando esto en que la actuación de Gendarmería solamente se centrará en casos de narcotráfico. El concepto de falacia viene del latín, significa engaño. Se refiere a un argumento que parece válido pero no lo es.
Algunas falacias se cometen intencionalmente para persuadir o manipular a los demás, mientras que otras sólo aparecen sin intención debido a descuidos o ignorancia. Algunas son muy sutiles, difíciles de detectar.
No sólo hay que intentar prevenir el crimen, porque ello resulta una mirada corta de la problemática. Al crimen hay que descubrirlo investigando lo acontecido y lograr reprimirlo judicialmente, para así poder neutralizar la acción del delincuente en su cometido, o que la reitere.
Incidir sobre él para reencauzar su conducta. Pero además, en lo general, para disuadir.
Paralelamente, hay que asumir que el Estado también debe ocuparse de la víctimas de delito. Así de simple es la cuestión a aplicar en la lucha contra la delincuencia.
Su fracaso tiene como consecuencia la denominada “sensación de inseguridad”.
La Policía de la Provincia de Córdoba, según su legendaria ley orgánica, “es una institución civil armada, depositaria de la fuerza pública, que tiene por misión el mantenimiento del orden y la seguridad pública, ejerciendo las funciones que la legislación establezca para resguardar la vida, los bienes y los derechos de la población”.
Sigue argumentándose que debe cooperar con el Poder Judicial, cuando en verdad debe estar subordinada a ese poder cuando lo requiera.
La ley de la policía agrega como función cooperar con los organismos de la administración pública, fuerzas armadas, de seguridad y otras policías.
La Gendarmería Nacional, según su ley orgánica, se define así misma “como una fuerza de seguridad de naturaleza militar con características de fuerza intermedia, en tanto comparte el estatuto policial con características propias del militar. Sus integrantes tienen el estado militar”.
De lo expuesto surge que ambas son fuerzas de prevención, en principio, y de represión ante el delito flagrante (del latín que significa ”arder”); aquel que está ejecutándose en ese preciso instante.
En suma, en más o en menos, son órganos de control social de fuerza.
Las políticas de prevención criminal, con un componente primario del uso de la violencia por parte de las fuerzas del control social que tiene el Estado, no son admisibles cuando están instrumentadas solamente como medio.
En términos criminológicos, el uso de la fuerza se admite sólo para usarla racionalmente, individualizadamente y diferenciadamente por quien tiene la atribución de ello, también como alternativa última, y se establece la policía -administrativa y judicial- como usuario monopólico legalizado de la fuerza. Y eventualmente también a otros organismos del Estado llamados legalmente a intervenir en casos concretos.
Sin embargo, no se advierte que la esencia de las políticas criminales de prevención del crimen presentadas por la Nación o por la Provincia estén inspiradas en el concepto explicado.
La creencia de que es mal cóctel mezclar política con seguridad es un gran error. Porque la seguridad (ciudadana, rural, etcétera) es un derecho democrático del pueblo y debe ser la consecuencia de una correcta política criminal en lo estratégico y en lo táctico. Lo primero, como diseño; lo segundo, como instrumentación concreta.
Los políticos -en verdad, el político estadista- deben diseñar una estrategia preventiva e integralmente represiva de lucha contra el crimen, pero allí con la necesaria injerencia judicial. Y los medios del control social, en el caso de Policía o Gendarmería, ejecutar esa estrategia, siendo el único destinatario del servicio de seguridad el ciudadano y subsidiariamente el Estado, que ahorrará presupuestos, personal, daños y demás.
Sí es un “cóctel maldito” utilizar la seguridad como variable política.
Entonces, si es correcto el planteo, reduciéndose todo a una cuestión de índole política, también es de aplicación el aforismo de que “no se triunfa con violencia sino básicamente con astucia e inteligencia”.
Agotar los recursos para menguar la inseguridad tratando de controlar al crimen – sea ocasional, planeado, organizado, etcétera- con el uso de la fuerza solamente, como lo pretenden algunos intendentes, resulta un grave error desde la óptica de la política criminal con seguro rumbo de colisión, como hasta ahora.
Ni la policía ni la gendarmería pueden dar una solución al conflicto que plantea el crimen. Sobre todo cuando la raíz de éste -que asola la comunidad- tiene mucho origen en la marginación y en esa mixtura con el narcotráfico, el crimen organizado, la corrupción y la falta de compromiso institucional -en sus tres poderes- para enfrentarlos.
La información de que Gendarmería Nacional sólo se ocupara en cuestiones de narcotráfico dejará seguramente insatisfechos a los intendentes que tiraron esa piedra en otra dirección y con otro reclamo, inteligentemente recogida por el poder político.
Ahora bien, la seguridad no puede ser una variable política de oportunidad, entonces sería razonable que se explicara la función táctica que la fuerza nacional ocuparía en el esquema de la política criminal de la Provincia, incluido el narcotráfico.
(*) Abogado penalista, UNC. Master en Criminología, Universidad de Barcelona.