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Lula, el lawfare y la inmoralidad de la prisión preventiva

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En un escenario de altísima inestabilidad regional, la libertad del ex presidente Da Silva pone en signo de interrogación la continuidad del propio gobierno de Brasil

 Por Gonzalo Fiore

El caso de Lula da Silva vuelve a poner nuevamente sobre el tapete no sólo la utilización de la justicia para perseguir dirigentes políticos de manera arbitraria, es decir, el lawfare o guerra judicial, como lo definió el papa Francisco, sino también a volver a resaltar la inmoralidad del instituto de la prisión preventiva.
El cambio en los vientos políticos de la región, luego de un breve período en el que parecía que la hegemonía de la derecha no se iba a volver a discutir por un tiempo, ha colaborado con el fallo del Tribunal Supremo de Justicia de Brasil, que con seis votos contra cinco decidió la libertad del ex presidente.

El fallo se hizo con base en que la puesta en prisión con posterioridad a la condena en segunda instancia va en contra de la Constitución y el Código Procesal Penal de Brasil. El artículo 5 de la máxima ley brasileña dice: «Nadie será condenado hasta que no se haya dictado una sentencia definitiva e inapelable».
A su vez, el Código Procesal Penal establece en su artículo 283: «Nadie podrá ser detenido, salvo en flagrante delito o por orden escrita y motivada de la autoridad judicial competente, como consecuencia de una sentencia firme o, en el curso de la investigación o el proceso, como consecuencia de una pena de prisión temporal o preventiva», prohibiendo expresamente la ejecución preventiva de la pena.
La postura del máximo órgano judicial brasileño supone, además, que otros condenados en la causa Lava Jato deberán salir de prisión, entre ellos, José Dirceu, ex ministro y cercano colaborador del ex presidente. Además, el fallo beneficia a 4.900 detenidos comunes que, a partir de ahora, están en condiciones de salir en libertad.

El gobierno de Lula había establecido una ley, conocida como «Ficha Limpia», que establecía la validez de la prisión efectiva luego de la sentencia en segunda instancia. Si bien el Tribunal Supremo la había ratificado en 2016, ahora ha decidido contra su constitucionalidad.
Lo cierto es que, más allá de que exista condena en primera y segunda instancia, si todavía cabe la posibilidad de que se resuelvan en su favor recursos procesales establecidos por la justicia, un condenado no tiene razón para encontrarse detenido.
En el caso de Lula, específicamente, no existen otros motivos más que los políticos. Ello, además, en el marco de un proceso plagado de irregularidades, en el que el fiscal y juez se comunicaban de manera fluida. Dicho juez, Sergio Moro, hay que recordar, hoy es Ministro de Justicia del gobierno de Jair Bolsonaro.
La guerra judicial a la que se ha referido el papa Francisco ha sido utilizada contra prácticamente todos los mandatarios latinoamericanos identificados como parte de la corriente progresista, o nacional y popular. Victimas de ellos son o fueron Rafael Correa (Ecuador), Fernando Lugo (Paraguay), Cristina Férnandez (Argentina), Dilma Rousseff y Lula (ambos en Brasil), entre otros. La judicialización de la política contribuye no sólo a que se pierda el eje de la discusión sino a que sea implementada de manera arbitraria contra adversarios políticos, intimidando o coaccionando dirigentes o empresarios cercanos, al mismo tiempo que violando cualquier tipo de garantía procesal.

Por otro lado, la excesiva extensión de responsabilidad de la que hacen gala algunos fiscales o jueces a la hora de llevar adelante sus investigaciones o sentencias, es, cuanto menos, preocupante. Expresiones que se suelen utilizar como «debería haber conocido», «el presidente debería hacerse cargo de los actos de sus funcionarios», etcétera no hace más que forzar la responsabilidad penal, rompiendo cualquier limite y llevándola hacía extremos peligrosos. El derecho penal es un derecho de autor, por lo que no puede hacerse extensiva la supuesta responsabilidad específica de funcionarios de primera, segunda o tercera línea a sus superiores.

La prisión preventiva debería utilizarse sólo en casos excepcionales en los que exista riesgo de fuga, o cuando el acusado pudiera interferir de alguna manera con la investigación, en caso, por ejemplo, de que todavía cuente con alguna influencia o poder superior.
El fallo del Tribunal Supremo de Brasil va en este sentido. Un detenido, inclusive condenado en segunda instancia, pero cuyo caso aún cuenta con recursos que están pendientes de resolución, no debería cumplir condena de manera preventiva. Éste, claramente es el caso de Lula da Silva, un hombre que, más allá de las cuestiones legales o procesales del caso que nos ocupa, se encuentra detenido por motivos claramente políticos. Su juicio fue una farsa que respondió sólo a la necesidad del establishment brasileño de sacarlo del juego político.
En un escenario regional extremadamente convulso como el que estamos viviendo actualmente en América Latina, tener a Lula da Silva libre, en la calle, organizando las bases del Partido de los Trabajadores y poniéndose al frente de la oposición contra un Bolsonaro cada día más impopular, es mucho más de lo que puede soportar el actual gobierno de Brasil.

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