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La Justicia inmediata y el teletrabajo en tiempos de pandemia

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 Por Ileana Oliva*

La creatividad es un atributo de la Justicia de Paz, dado que es la primera línea de fuego, la justicia más cercana, la justicia de los primeros auxilios, la más inmediata, la más accesible, y de cara a la comunidad, y en estos tiempos de pandemia por el Covid-19 por el que todos los poderes judiciales del país se encuentran prestando un servicio de justicia dentro de una emergencia sanitaria, se debió acudir a la innovación de la mano de ciertos principios que suelen quedar tras un velo en los devenires procesales diarios, me refiero a la inmediatez y la proactividad.

Los tribunales, tienen la necesidad de producir actos procesales en el marco de las actuaciones que se llevan a cabo en estos momentos de Emergencia Nacional Sanitaria, de esta forma, la Justicia de Paz, con herramientas tecnológicas de “Inmediatez mediata”, coadyuva en la gestión judicial junto al resto de los órganos jurisdiccionales que se encuentran actuando con teletrabajo, inaugurándose de esta forma dicha modalidad en el Fuero de la Justicia de Paz.

La Justicia de Paz diligenciara las notificaciones recurriendo a herramientas telemáticas, utilizando medios oficiales como los emails y el servicio de WhatsApp, de la mano del principio general de la obligación de actuar buena fe.

A través de una videollamada, la magistratura de Paz se comunicará al teléfono de la persona a notificar, a quien le solicitara que se identifique (con nombre y apellido, exhibición del DNI, fecha de nacimiento, domicilio, titularidad de la línea) y le explicará que el motivo de la llamada es anoticiarlo oficialmente (notificarlo) de una Resolución judicial de su interés, se efectuará una captura de pantalla (mediante el consentimiento informado de la persona a notificar) de la conexión (rostro del Juez/a y ciudadano/a notificado y de su DNI), y para el caso que la persona notificada necesite Patrocinio Jurídico Gratuito urgente, el/la Juez/a de Paz se comunicará con la Asesoría Letrada de turno a los fines de brindar la debida asistencia.

El Plan de acción implica un aporte colaborativo para la construcción de un sistema de justicia en tiempos de emergencia, y una clara herramienta de acceso a y a la justicia, a saber:

1) La actuación del Juzgado de Paz le brinda al destinatario de la notificación una orientación personalizada sobre estos actos procesales (que mediante la Notificación papel tradicional no se logra).

2) Inmediatez: Cara a cara el/la Juez/a le facilita este acto procesal al ciudadano notificado (circunstancia que la notificación en papel tradicional lo hace mediante una ficción “dándolo por notificado” aun siendo notificado en ausencia art. 148 CPCCC).

3) La utilización del lenguaje claro, sencillo y una breve explicación del cometido de la notificación (claridad que a prima facie no se logra con la notificación tradicional, dado que el notificado se encuentra con un papel con información judicial redactada en lenguaje técnico).

4) La facilitación del acceso al Patrocinio Jurídico Gratuito.

El plus que le agrega este plan de gestión de la mano de la Justicia de Paz en tiempos de pandemia, es la cercanía que esta magistratura judicial tiene en todas las comunidades del país, prestando un servicio de justicia que además de ser un claro instrumento de acceso a la justicia, es el acceso a justicia, convirtiendo esa comunicación judicial técnica como son las notificaciones, en una comunicación con lenguaje fácil, accesible, y comprensible.

 

* Jueza de Paz de la Provincia de Córdoba, en La Calera

 

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