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“Está cambiando la mirada sobre el tema "trata de personas"

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Entrevista a Patricia Calandín, defensora adjunta del Pueblo de Córdoba. La ombudsman celebró las primeras modificaciones realizadas a la ley. No obstante, aclaró que todavía falta mucho por hacer.

Hace dos años, la Defensoría del Pueblo de Córdoba puso en marcha el programa “No a la Trata”. La intención original era empezar a trabajar en una problemática que hasta hace poco tiempo se mantenía invisible a los ojos y la conciencia de la sociedad.
De aquel tiempo a esta parte, Argentina logró sancionar una ley que tipifica y castiga el delito de la trata de personas, norma que fue modificada el miércoles último por el Senado de la Nación con el objetivo de mejorar su aplicación. Desde la sanción de la ley, según cifras oficiales, 2.300 personas víctimas de la trata (sexual y laboral) lograron ser rescatadas en Argentina, de las cuales 30 por ciento eran niños o adolescentes.
Sin embargo y a pesar de todo, aún queda mucho por hacer. “Está cambiando la mirada sobre el tema trata”, advierte la defensora adjunta del Pueblo, Patricia Calandín, coordinadora del programa “No a la Trata”, en diálogo con Comercio y Justicia.

– ¿Qué reflexión le merecen los cambios que introdujeron en el Senado a la ley de trata?
– Hay varios aspectos que son importantes y que hay que resaltar. Lo central y que en la Defensoría hemos criticado, es el tema del consentimiento. Antes de esta reforma, la víctima de trata mayor de 18 años debía demostrar que era víctima de una explotación, que había sido sometida; esta reforma elimina ese aspecto y cambia, así, la mirada del Estado hacia el tema. Además, se quitó la figura del arrepentido y se subieron las penas mínimas y máximas, lo cual también es muy positivo. El tema de la creación del Consejo Federal y del Comité Ejecutivo, también es otro importante avance porque hemos advertido sobre la falta de coordinación  entre Nación y Provincia. De cualquier manera, todavía falta mucho por hacer.

– Ahora bien, ¿qué pasa con el presupuesto? ¿Se dotará de presupuesto a estos organismos? ¿Las provincias tienen hoy dinero para luchar contra la trata?
-En realidad no. La ley que fue sancionada en 2008 y que tuvo media sanción la semana pasada para ser modificada aún hoy no fue reglamentada en su totalidad. Se han hecho reglamentaciones por artículo, pero no a la ley en general y, por lo tanto, tampoco se ha asignado presupuesto. Una vez aprobada la modificación habrá que ver si se asigna presupuesto específico, debería ser así. Se necesita dinero para asistir a las víctimas, para programas de capacitación, de concientización, etcétera.

– Pese a la sanción de esta ley aún son pocas las personas que realmente llegan a juicio acusadas de trata. ¿A qué lo atribuye?
-Falta concientización de los operadores judiciales. Los jueces y fiscales que están comprometidos han hecho un mea culpa con respecto a esta situación. Falta investigación proactiva, no alcanza con rescatar a un víctima de explotación sexual, los fiscales deben ser capaces de investigar de oficio cuando descubren, por ejemplo, un prostíbulo.

Los cambios: ahora falta Diputados

El Senado aprobó el miércoles último por unanimidad y giró a la Cámara de Diputados un proyecto para modificar la ley de trata de personas que, entre otras cosas, elimina la figura del “consentimiento” por parte de la víctima, respecto de las penas a los imputados, y la creación del Consejo Federal para la Lucha frente a esta problemática.

Una de las principales modificaciones a la ley vigente (26364) es la eliminación de la figura del “consentimiento” en los casos en que el damnificado es mayor de edad, lo que permitía al responsable del delito ser exonerado por la Justicia.
Además, la iniciativa obliga al Estado a garantizarles a las víctimas una serie de derechos, entre los que se destaca el “asesoramiento legal y patrocinio jurídico, disponer de asistencia psicológica y médica de forma gratuita”.

Prevé, además, castigos cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad; cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados y cuando se promoviere la prostitución ajena o la prostitución infantil. Las penas de proxenetismo contemplan, en el caso de la figura básica, un castigo de 2 a 4 años de prisión. Con agravantes, la pena va de 5 a 15 años.

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