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El día de los 90 jueces

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El nuevo Código de Procedimiento Penal de la Nación (CPPN) pasó de un sistema mixto arcaico e ineficaz a uno pleno acusatorio, en el cual el fiscal investiga y acusa y reserva al juez el control del proceso, superando con holgura al engendro cordobés que se quedó sólo en el envión inicial.

El anexo II de CPPN prevé programas de capacitación, nuevos cargos de defensorías, fiscalías de primera instancia y generales de cámaras en casi todas los circuitos judiciales del país.

El anexo de la discordia faculta a la jefa del Ministerio Público Fiscal a la cobertura de los cargos previstos en él. Cuando Gils Carbó propuso empleados y fiscales, se la acusó de politizar el organismo con funcionarios adictos al Gobierno, argumentando que el Código no era de aplicación inmediata. Así están trabadas 16 designaciones mediante múltiples acciones judiciales impuestas por partidos opositores, asociaciones de magistrados e incluso del Colegio de Abogados de Capital Federal.

La jefa de los fiscales se defendió aduciendo que las nuevas fiscalías tenían dos misiones: una de transición de lo viejo a lo nuevo, otra de preparar a los nuevos funcionarios para el Código, pero no triunfó.

Enrique Lavié Pico, juez contencioso-administrativo, dictó una medida precautelar dejando en suspenso las designaciones a pedido de un partido político. Hizo lo propio la Asociación de Magistrados. La procuradora apeló y le fue denegado el recurso. Todo quedó paralizado.

La Cámara Nacional de Apelaciones dictó una providencia en acción de amparo iniciada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios en la que dejó sin efecto la designación de dos fiscales más, ya nombrados por Gils Carbó.

El legado de Ramón padre
Aunque pocos lo recuerden, hubo en Córdoba una historia atroz, protagonizada por el autoritario gobernador Ramón Mestre al inicio de su mandato, quien logró asestar un golpe a la división de poderes. Acorraló al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) nombrado por Angeloz bajo amenaza de jury con argumentaciones insustanciales con el propósito de reemplazarlos por otro conformado a su gusto. Coaccionados, asustados, demostrando poco valor cívico, la mayoría renunció en el acto, salvo la vocal Berta Kaller de Orchansky, quien decidió enfrentar a un Mestre que retrocedió sin más.

Lo mismo se produjo un golpe de estado judicial porque se nombró un TSJ funcional al poder y ninguna institución objetó lo ocurrido.

Pero la historia que no olvida sigue contando otra del exmandatario, en 1999 a horas de finalizar el mandato. En un solo día, Mestre con una legislatura adicta dió acuerdo a 90 jueces. Frente a ese objetivo de colonizar la Justicia no hubo quejas ni acusaciones de una Justicia adicta a un gobierno. Ni el Colegio de Abogados ni la Asociación de Magistrados, ni los representantes del TSJ se opusieron y la prensa poca atención le dio.

Al año siguiente, el ya gobernador José Manuel de la Sota fue cuestionado al avanzar en un proyecto que le permitiría proponer fiscales de Instrucción y magistrados eludiendo el Consejo de la Magistratura. Las entidades que representaban a los hombres de leyes en éste amenazaron con abandonarlo. En la Justicia, en el foro y en medios políticos se interpretó que De la Sota ponía en crisis la independencia de los magistrados, designando fiscales y jueces por un procedimiento con injerencia directa del Ejecutivo.

El presidente de la Asociación de Magistrados dijo que el «by pass» al Consejo de la Magistratura «tiende un manto de sospecha». También Enzo Stivala, presidente del Colegio de Abogados, objetó aduciendo que se violaban principios constitucionales y adelantó que el colegio retiraría sus delegados en el Consejo. También el TSJ se pronunció. Uno de sus miembros, Luis Rubio, a la vez presidente del Consejo de la Magistratura, amenazó con que “no se iban a nombrar jueces» que no fueran convalidados por los exámenes de ese órgano.

De la Sota les recordó a todos lo ocurrido con Mestre, que a horas de concluir el mandato nombró 90 jueces en un solo: «No escuché a ningún miembro del Colegio de Abogados o de la Asociación de Magistrados que hiciera objeción alguna».

Lo que ocurre con Gils Carbó, al igual que lo contado acá, ya es historia. Se puede perdonar porque depende del corazón, pero no se puede olvidar porque depende del cerebro. La historia es cruel y nos pega fuerte. El lector deberá discernir sobre si es legal que se obstaculice la aplicación de una ley con los argumentos que se esgrimen, si existe coherencia republicana de los representantes de instituciones y partidos políticos en la toma de posiciones ante iguales circunstancias de cara a una Nación en la cual un partido gobernante no deja de ser una mera alternancia en el poder.

*Abogado penalista. Master en criminología.

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