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Desdibujar el género: impactos y controversias de un proyecto de ley para reformar el Estado

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Por María Julieta Cena (*)

En el crisol de la reforma estatal propuesta por el presidente Javier Milei, un examen crítico de la iniciativa de “ley ómnibus” revela modificaciones trascendentales en dos normas cruciales vinculadas con la temática de género. En este intrigante panorama, es imperativo desentrañar aspectos que suscitan dudas desde la óptica constitucional y de género

Nos encontramos en las semanas claves para conocer el destino del proyecto de ley de reforma del Estado encaminado por el Poder Ejecutivo Nacional. 

En ese contexto, circulan versiones de modificaciones al articulado original producto de negociaciones para obtener adhesión. Sin embargo, pese a los múltiples cuestionamientos de especialistas, los supuestos cambios no abarcarían las reformulaciones pretendidas sobre dos leyes claves en materia de género: las denominadas “De los mil días” y “Micaela”. 

Las modificaciones que se pretenden introducir a la primera revelan la intención de restringir el universo de beneficiarias, al rechazar la denominación “persona gestante” y suscribir la letra de la ley solamente a la mujer como cuestión biológica. Asimismo, las reformas previstas pretenden que la ley, que nació a la luz de un concepto integral de salud, se incline exclusivamente hacia la salud física, así como la instauración de programas de una intervención estatal contundente que prevén que los municipios “busquen y detecten mujeres embarazadas vulnerables” y las registren. Cabe recordar que la creación de políticas públicas justificadas en la vulnerabilidad y el riesgo de los beneficiarios, históricamente, han servido de manto a políticas que atropellan la autonomía individual. 

Paralelamente, el proyecto de ley asociado a la reforma de la ley Micaela aspira a rediseñar el alcance y la profundidad de la temática al eliminar toda referencia a la violencia de género y circunscribirla solo a la violencia intrafamiliar contra la mujer. En otras palabras, sugiere una reconfiguración en la que se borran las diversidades y el significante “género” y, en consecuencia, toda intención de transformación de las estructuras sociales y culturales. 

De igual forma, las buscadas modificaciones a la ley Micaela alteran los entes receptores de las capacitaciones. Mientras que en la actualidad la capacitación y concientización de las problemáticas de la violencia de género son obligatorias para todos los organismos del Estado nacional, cualquiera sea su órbita o función, el proyecto de “ley ómnibus” intenta limitarla a lo que el Ministerio de Capital Humano determine como “organismo competente”. 

Ambas propuestas del proyecto de ley de reforma estatal comparten una omisión deliberada: extirpar del lenguaje jurídico cualquier referencia al género como «noción» que refleja las dinámicas de poder y dominación en las estructuras sociales y culturales.

Resulta intrigante que el mensaje del Poder Ejecutivo, al presentar el proyecto, se afiance en argumentos originalistas vinculados a la Constitución Nacional de 1853, evitando mencionar las ideologías conservadoras de la época. Este enfoque selectivo plantea dudas sobre la interpretación histórica y la aplicabilidad de los supuestos principios liberales en el contexto actual, planteamiento éste que suscita inquietudes sobre posibles afecciones a derechos fundamentales.  

Es dable destacar la basta jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como “Campo Algodonero vs. México”, “Fernández Ortega contra México”, y “Masacres de El Mozote y lugares aledaños vs. El Salvador”, en los que se establece la obligación de los Estados de arbitrar programas de capacitación en derechos humanos con una amplia perspectiva de género para quienes ejerzan funciones públicas. Además, en casos como el de “Atala Riffo y Niñas vs. Chile” la Corte Interamericana ha resaltado la importancia de programas permanentes de educación y capacitación en orientación sexual, protección de los derechos de la comunidad LGBTTIQ+ y superación de estereotipos de género.

El análisis detallado de las modificaciones que se pretenden incorporar en las normativas de género destapa la estrategia de socavar, así, otras leyes como la de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), la educación sexual integral y la identidad de género. Sucede que, si bien no son normativas atacadas directamente, por medio de estas reformas se pretende debilitarlas soslayadamente. 

La regulación moral, disfrazada de desregulación, se manifiesta, revelando el propósito latente de intervenir en la autonomía e intimidad de las mujeres y colectivos LGTTBIQ+, generando tensiones en la protección de la libertad real y el reconocimiento de la pluralidad. 

La reforma de Estado que busca consolidarse con este proyecto de ley, guarda una grave contradicción: al tiempo que se presenta como acérrimo defensor de las libertades de mercado, niega las libertades sexuales y reproductivas, todo lo que apunta a reafirmar nuevas viejas opresiones.

(*) Abogada. Doctora en derecho y ciencias sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba. Magíster en derecho y argumentación y profesora de derecho constitucional. Integrante del Grupo de Investigación en Derechos Sociales (Gides)

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