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Comunicación judicial: “Conversar” es habitar en compañía de otros

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Por María Virginia Fourcade (*)

Todas las personas, de una forma u otra, vivimos inmersas en constantes conversaciones que, quizás inadvertidamente, nos permiten ubicarnos en el contexto, movernos en el ecosistema familiar, social o laboral. Además, nos dan pautas para prever nuevos escenarios y adaptarnos con mayor facilidad a los cambios en nuestro entorno.

Del mismo modo, las organizaciones -incluidos los poderes judiciales- pueden entablar diversas conversaciones en pos de lograr una planificación prospectiva de su gestión. 

Explica el Diccionario Panhispánico de Dudas de la Real Academia Española (RAE) que “prospectivo-va”, como adjetivo, “se refiere al futuro o trata de conocerlo anticipadamente mediante la proyección de datos del presente”. 

En este sentido, una planificación prospectiva supone la previsión de posibles escenarios y de su potencial evolución hacia el futuro deseado. Implica tomar decisiones a partir de “datos del presente” para tratar de anticipar los acontecimientos futuros y la dirección de su desarrollo. 

La planificación prospectiva es dinámica y evoluciona conforme la realidad se transforma, no solamente en el contexto particular de la pandemia sino en el que nos rodea hace años. Es dinámica, aclaro, pero no errática. El escenario futuro deseado debe estar claro pero debe posibilitar la adaptación a las contingencias, previstas e imprevistas. 

El Poder Judicial, claramente, no puede planificar “qué” decisiones se toman en su rol jurisdiccional. Sin embargo, sí puede prever “cómo” ejercerá tal función y sus otras responsabilidades no jurisdiccionales (como administrador, como empleador, como organismo del Estado, como parte del medioambiente), a partir de los contextos y realidades de los públicos a los que se dirige. Se torna especialmente importante la planificación en materia de prevención de crisis y la gestión de la comunicación en esos casos.

Conversar con el entorno

Hemos mencionado en los primeros párrafos que las organizaciones, incluidos los poderes judiciales, pueden entablar conversaciones con su entorno. De ellas, en sus múltiples formas y métodos, surgirán esos datos del presente que podrán proyectarse para tratar de anticipar el futuro. Datos que no deben surgir, únicamente, de las métricas de las redes sino que, además, deberían involucrar algunas formas cualitativas de estudio de los públicos y del entorno.

Conforme lo define el Diccionario de la Lengua Española (RAE), la palabra “conversar” tiene varias acepciones. En primer lugar, explica lo siguiente: “Dicho de una o de varias personas: Hablar con otra u otras.”. Su etimología ilustrará mejor la interpretación que propongo. 

El vocablo proviene del latín “conversare” que, a su vez, deriva de la conjunción “cum” (con) y “vertere” (dar vueltas o cambiar). Entonces, conversar es intercambiar ideas, es “darle la vuelta juntos al asunto”. 

La comunicación de las organizaciones, y del Poder Judicial en especial, debe incorporar la conversación con los públicos y con el ambiente, en un ida y vuelta. 

Esta noción supera ampliamente el paradigma de la comunicación como la emisión de mensajes hacia unos “públicos-objetivos”, como si fueran un blanco al que le lanzamos dardos de información. Tampoco es desarrollar una falsa empatía, como si fuera realmente posible ponerse en su lugar y efectivamente pensar por ellos. 

En la definición de “conversar” aparece en tercer lugar, como en desuso, la siguiente descripción: “Vivir, habitar en compañía de otros.”. Creo que esta acepción viene a completar muy acertadamente uno de los aspectos de la comunicación judicial al que aludo.

El Poder Judicial, como actor social, debe tomar conciencia de que “habita en compañía de otros”. Tanto su función jurisdiccional como administrativa influye en la realidad de esos “otros”. Debe iniciar y mantener verdaderas conversaciones con sus públicos, internos y externos. Escuchar y valorar lo que piensan e indagar por qué lo piensan, aprender de ellos, confiar en su experiencia y en su inteligencia. 

Investigación de públicos

La comunicación judicial, como conversación, implica afrontar con seriedad y profundidad un monitoreo regular de su relación con los públicos, internos y externos, tanto como con el ambiente. Diagnosticar y auditar el estado de sus vínculos permitirá tomar decisiones responsables, tanto en lo jurisdiccional como en lo administrativo, y planificar prospectivamente hacia la construcción colaborativa con el entorno del futuro deseado.  

Así, podrá lograr compromiso interno, previsión de crisis, resiliencia, satisfacción del destinatario, análisis de su evolución y medición del impacto socioambiental de sus decisiones. Todos valores intangibles que se proyectan, además, en su reputación y en la confianza pública a la que el Poder Judicial aspira, como pilar fundamental de su legitimación frente a la sociedad a la que sirve.


(*) Abogada. Magíster en Dirección de Comunicación (DirCom). Licenciada en Comunicación Institucional

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